Autor: Comunicaciones
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Capacitación en: Metodologías de Investigación de incidentes y Accidentes
La Cámara de Comercio del Putumayo y ARL Positiva invitan a comerciantes y empresarios a participar de la capacitación en Metodologías de Investigación de incidentes y Accidentes
Fecha: Viernes 21 de Octubre
Municipio: Valle del Guamuez
Lugar: Auditorio Cámara de Comercio del Putumayo 2do piso
Hora: 2:00pm a 4:00pmFecha: Viernes 28 de Octubre
Municipio: Mocoa
Lugar: Auditorio Cámara de Comercio del Putumayo 1er piso
Hora: 8:30am a 10:30amFecha: Viernes 28 de Octubre
Municipio: Puerto Asis
Lugar: Auditorio Cámara de Comercio del Putumayo 4to piso
Hora: 2:00pm a 4:00pm -
Garantía de los acreedores es el patrimonio y no el capital suscrito. El capital social no cumple una función de
¿Sabías que.
Garantía de los acreedores es el patrimonio y no el capital suscrito. El capital social no cumple una función de garantía que revele la real situación patrimonial, pues se trata de una cifra más que conforma el patrimonio. Por lo tanto, cualquier acreedor que pretenda dar crédito a la sociedad debe analizar la información contable en su integridad y no de manera aislada del capital, precisó la Superintendencia de Sociedades. Así las cosas, para efectos de garantizar el pago de una obligación es el patrimonio y no el capital suscrito el que, en sentido jurídico, es la prenda general de los acreedores y lo constituye el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que integran la sociedad, de manera que la cifra del capital resultaría irrelevante para esos fines.
(Supersociedades, Concepto 220-16521, 02/03/2016).
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Capacitación en: Estrategia de Venta y Servicio al Cliente
La Cámara de Comercio del Putumayo invita a comerciantes y empresarios a participar de la capacitación en Estrategia de Venta y Servicio al Cliente donde aprenderán a conocer y manejar los siguientes temas:
Portafolio Apoyo o Tropiezo
Actitud Mental Positiva
Exito y Fracaso
Lenguaje Corporal
Vendedor con Valor AgregadoConferencistas: Edgar Enrique Martínez
Municipio: Puerto Leguizamo
Fecha: 20 de octubre de 2016
Lugar: Auditorio Colegio Jose María Hernandez
Hora: 5:00 p.m. a 7:00 p.mMayores informes
Tel/Cel: 4227173 Ext 105 – 113
Cel: 313 3947162
Correo: informacion@ccputumayo.org.co -
Liquidador puede asumir legalmente la defensa ante cualquier acción legal en contra de la compañía
¿Sabías que.
Liquidador puede asumir legalmente la defensa ante cualquier acción legal en contra de la compañía
La persona designada frente a una sociedad para adelantar el trámite de liquidación judicial funge en su múltiple condición de auxiliar de justicia, administrador, representante legal y liquidador, cuya capacidad jurídica le permite ser parte y, por supuesto, actuar en representación de la empresa en liquidación. De esta manera, puede asumir legalmente la defensa ante cualquier acción legal en contra de la compañía, indicó la Superintendencia de Sociedades. Por lo tanto, el liquidador como representante legal de la sociedad en liquidación es la persona facultada para ser notificada de cualquier acción jurisdiccional o administrativa en contra de la misma. De otra parte, agregó la entidad, los acreedores reconocidos en el mecanismo recuperatorio, si fuere el caso, no tienen que presentar nuevamente sus créditos en el proceso de liquidación judicial, es decir, los acreedores reconocidos y admitidos en cada uno de los escenarios no requerirán de hacerse presentes en la oportunidad dispuesta en la ley en el proceso de liquidación.
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Ejercicio del derecho de inspección no permite sacar los libros y documentos fuera del domicilio principal de la…
¿Sabías que?
Ejercicio del derecho de inspección no permite sacar los libros y documentos fuera del domicilio principal de la sociedad. Los libros de contabilidad y documentos de la sociedad no pueden ser sacados por ningún socio fuera del domicilio principal de la sociedad, con la excusa de poder ejercer el derecho de inspección, ya que, de una parte, la ley no establece dicha posibilidad, y de otra, los mismos deben estar a disposición permanente de los asociados o dentro del término legal, dependiendo el tipo societario. De no ser así, se impediría que los demás asociados ejerzan su derecho oportunamente, circunstancia que deberá informarse a la entidad que ejerza la inspección y vigilancia o control del ente, para que adopte las medidas a que hubiere lugar, indicó la Superintendencia de Sociedades. No obstante, aclaró, aunque el derecho en mención es inherente al socio, no es de carácter absoluto, pues está restringido a cierto tipo de información, por lo que en ningún caso se extenderá a los documentos que versen sobre secretos industriales o cuando se trate de datos que, de ser divulgados, pueden ser utilizados en detrimento de la sociedad.









