Entrega de aportes distintos a los previstos en el acto de constitución de la SAS no es…
ENTREGA DE LOS APORTES EN LA FORMA ESTIPULADA EN EL CONTRATO O ACTO UNILATERAL DE CREACIÓN EN LA SAS. Aviso recibo de su escrito radicado con el No. de la referencia, mediante el cual insiste en la consulta que anteriormente formulara sobre el tema de la referencia: De manera puntual pregunta si en el caso de una sociedad del tipo de las SAS, en la que se pactó al constituirse que las acciones suscritas serán pagadas en especie, con un unos bienes muebles o inmuebles que se entregarían en un plazo determinado y así se han identificado y avaluado en el documento de constitución, es posible que después de registrado éste en la cámara de comercio, se acuerde pagar con otro bien distinto. Aunque es sabido, cabe reiterar que de acuerdo con el numeral 2 del artículo 11 del Decreto 1023 de 2012, esta Superintendencia absuelve las consultas formuladas por los organismos públicos y privados así como por los usuarios y particulares sobre las materias a su cargo y en esa medida emite un concepto u opinión de carácter general, que como tal no es vinculante ni compromete la responsabilidad de la Entidad. Entrega de aportes distintos a los previstos en el acto de constitución de la SAS no es procedente. Si bien la sociedad por acciones simplificada se crea mediante contrato o acto unilateral, que consta en un documento privado, salvo que se aporten activos que requieran transferencia por escritura pública, una vez inscrito en cámara de comercio se equipara a un contrato cuyas clausulas son ley para las partes. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-116431, 07/31/2018
Es una plataforma tecnológica gratuita que pretende empoderar a los jóvenes colombianos, entrenándolos en habilidades socioemocionales para que…
Arranca Los Zúper, una plataforma para empoderar a jóvenes. 25 líderes colombianos participan de la iniciativa, que fue lanzada en el marco del Festival del Emprendimiento de Bogotá. Es una plataforma tecnológica gratuita que pretende empoderar a los jóvenes colombianos, entrenándolos en habilidades socioemocionales para que aprendan a conocerse a sí mismos hasta que logren conocer su entorno, a crear estrategias, la perseverancia en los proyectos, el trabajo en equipo y entre otros, la importancia de la empatía. “Hace dos años iniciamos conversaciones con diferentes organizaciones y personas con las que encontramos tres problemáticas: las narrativas negativas de liderazgo, la falta de acción y las habilidades socioemocionales. Queríamos encontrar una forma para atacar estos retos de una manera entretenida y dinámica que atrajera la atención de los jóvenes”, cuenta Grajales. Fuente: Revista Dínero
Todas las actuaciones del revisor fiscal deben estar alineadas con las funciones establecidas en el artículo 207 del…
Consulta 2018-607 Coadministración – Revisor Fiscal Resumen: todas las actuaciones del Revisor Fiscal deben estar alineadas con las funciones establecidas en la Ley (Véase Artículo 207 C. Co), a fin de evitar que se materialice una coadministración por parte de este profesional, lo cual va en contra de los lineamientos establecidos ene el código de ética para profesionales de la contaduría pública. Asamblea extraordinaria convocada por el revisor fiscal debe tratar temas de su competencia. Todas las actuaciones del revisor fiscal deben estar alineadas con las funciones establecidas en el artículo 207 del Código de Comercio, con el fin de evitar que se materialice una coadministración por parte de este profesional, lo cual iría en contra de los postulados previstos en el manual de ética de los profesionales contables. Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 607, 07/27/2018
Derechos sobre las acciones sí prescriben. Uno de los elementos esenciales del contrato de sociedad es…
PRESCRIPCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS ACCIONES Y OTROS TEMAS. Me refiero a su comunicación radicada con el número 2018-01-272266, mediante la cual previa la información de algunos hechos relacionados con una sociedad anónima, conformada por cinco (05) accionistas mayoritarios gestores; soporte de varios obreros, comerciantes, agricultores, ganaderos u otros oficios con nivel académico; analfabetas, primarios, algunos secundarios y contados universitarios desde hace 40 años logro concentrar más de 1.000 miembros a quienes por su comportamiento económico eran incentivados en acciones. Algunos han fallecido, cuyos herederos olvidaron incluir las acciones en los juicios de sucesión y comentan que es más oneroso reabrir la sucesión que el monto a recibir. Pocos han vendido sus acciones a la Sociedad Anónima bien sea abonando a las deudas y recibiendo, asumiendo o condonando el remanente. Otros los han tratado de localizar citándolos por prensa, radio o conocidos de la zona infructuosamente ya que no residen en las direcciones previamente suministradas en el registro de accionistas, o por el número de acciones y su valor no es rentable desplazarse desde su ubicación actual al domicilio de la Sociedad Anónima a hacer valer sus derechos y participar de las reuniones tanto de Junta Directiva corno de Asamblea Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas divulgadas con el lleno de los requisitos legales y estatutarios desde hace más de diez (10) años… Derechos sobre las acciones sí prescriben. Uno de los elementos esenciales del contrato de sociedad es el denominado animus societatis. Así, independientemente del tipo social, la calidad de accionista no solo otorga derechos, sino que igualmente impone obligaciones. El no ejercicio por varios años de los derechos que le confiere la ley al asociado puede acarrearle la prescripción, por lo que es viable la aplicación de las disposiciones generales sobre prescripción extintiva de las acciones judiciales que consagra la ley. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-100424, 07/13/2018
Si por cualquier circunstancia el administrador pierde la custodia de los libros, incluyendo el libro de actas, debe proceder a…
EXTRAVÍO DEL LIBRO DE ACTAS E INSCRIPCIÓN DE ACTAS. Aviso recibo de la consulta sobre el extravío del libro de actas e inscripción de actas, que se sirvió formular mediante la comunicación radicada bajo el No. 2018- 01-279996 del 6 de junio de 2018, la cual procede atender en su orden, conforme al artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir, en ejercicio de una competencia impersonal, general y abstracta, en los términos que se describen a continuación. Informó el peticionario que siendo representante legal de una sociedad, él y el secretario firmaron un acta de asamblea extraordinaria “en hojas normales”, porque “no se tenía el libro de actas a mano”; que el acta en mención fue “notariada”; que luego de un tiempo “tuve que renunciar a mi cargo de representación legal sin poder inscribir el Acta al libro”, y que no ha sido nombrado el nuevo representante legal pero quien aspira a tal designación “no quiere hacer entrega del Libro de Actas para poder transcribir el acta que se hizo bajo mi gestión”. ¿Qué pasa si el administrador pierde la custodia del libro de actas?. Si por cualquier circunstancia el administrador pierde la custodia de los libros, incluyendo el libro de actas, debe proceder a denunciar su pérdida, extravío o destrucción y a reconstruirlo en el menor tiempo posible. En este evento, es necesario inscribir luego los documentos o actas que contengan hechos posteriores al acontecimiento que obligó a la reconstrucción, dejando todas las observaciones que correspondan en relación con los mismos. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-96461, 07/09/2018
Accionista que inicia venta de acciones no ejerce derecho de preferencia a su…
EN LA ENAJENACIÓN DE LA PARTICIPACION SOCIETARIA EL SOCIO O ACCIONISTAS QUE LO HACE NO EJERCE EL DERECHO DE PREFERENCIA SOBRE SI MISMO. Aviso recibo de su escrito en el cual formula consulta relativa al procedimiento de venta de la participación accionaria, como el ejercicio del derecho de preferencia, frente a la proporcionalidad que corresponde a cada uno de los accionistas, incluyendo quien en opinión del consultante quedaría sin ofrecimiento el porcentaje que representa el accionista que esta enajenando sus acciones. Antes de proceder a absolver la consulta es necesario indicar, que el marco legal de las atribuciones que desarrolla esta Entidad, en materia consultiva, están dadas conforme al contexto Constitucional en virtud del numeral 24 del artículo 189, artículos 82, 83, 84, 85 y 86 de la Ley 222 de 1995, y Decreto 1023 de 2012. Accionista que inicia venta de acciones no ejerce derecho de preferencia a su favor. Cuando un accionista activa el mecanismo de venta de parte o del total de su participación accionaria, lo hace sin sujetarse al ejercicio del derecho de preferencia a su favor, pues no se trata de adquirir ninguna participación que le permita aumentar su porcentaje dentro del capital social, sino, por el contrario, disminuir o extinguir tal participación. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-93248, 07/05/2018
En Colombia existen actualmente más de 2.5 millones de micro, pequeñas y medianas empresas, según Confecámaras, de las cuales el 75% ya están conectadas a…
Cuatro pasos claves para llevar a una Pyme al mundo digital. La economía de las Pymes mejorará durante 2018, como así también el acceso a la digitalización de las mismas. En Colombia existen actualmente más de 2.5 millones de micro, pequeñas y medianas empresas, según Confecámaras, de las cuales el 75% ya están conectadas a Internet según el Ministerio TIC. En esa dirección, en lo que se refiere a adopción de tecnologías maduras, las Pymes han pasado de un 35% en 2015 a un 60% de digitalización en 2017. Estas cifras, que demuestran la creciente tendencia en la digitalización de las Pymes en Colombia, mejorarán aún más durante 2018, a la par que la mejora de la economía de este tipo de empresa, según la Asociación Colombiana de Pequeñas Industrias (ACOPI). El Vicepresidente de Marketing e Innovación de Publicar, Jesús Alvarez-Miranda, asegura que “en Colombia la digitalización debe ser un paso que las pymes deben dar cuanto antes. Si bien, tanto las instituciones como las empresas privadas están haciendo grandes esfuerzos por la digitalización de las Pymes en el país, es importante ayudar a que los negocios entiendan la importancia de estar en el mundo online”. Para seguir en este camino nos entrega 4 pasos para guiar a una Pyme de forma satisfactoria al mundo digital: Tener una página web es el primer paso, pero con eso no basta. Deberá estar adaptada para dispositivos móviles y preparada en forma adecuada para recibir visitas. Las redes sociales son un buen complemento para reforzar su presencia, es importante contar con contenidos atractivos y atención rápida a las consultas de sus clientes. Además, se debe mantener día a día, actualizando los contenidos para que pueda resolver las necesidades de aquellos usuarios que ingresan al sitio. Esto va a permitir que aumente el movimiento y fortalezca la credibilidad. En una segunda instancia, una vez lograda la presencia, debemos darnos a conocer. ¿De qué manera? Aumentando la visibilidad de nuestro negocio a través de campañas digitales: estar presentes allí donde nuestros potenciales clientes nos estén buscando. Los beneficios de estas campañas, le permiten al emprendedor un nivel de segmentación mucho mayor al que se lograba en el pasado. De esta manera, se logra mayor efectividad optimizando la inversión. Incrementar el contacto con la audiencia a través de los llamados a la acción, también va a permitir que se incremente la interacción con el público y así darnos a conocer. Otra buena opción para ganar visibilidad es sumar la información de su negocio o actividad en los portales comerciales más consultados, por ejemplo el de Páginas Amarillas, en su versión digital e impresa, que recibe millones de visitas mensuales de consumidores con alta intención de compra. Transformar esas visitas que llegan a su página web o a su propia tienda online en ventas a través del uso de formularios de contacto; una de las tantas herramientas que existen para hacerlo. La oferta de medios de pago para comprar virtualmente ha incrementado en los últimos años ya que le brinda al sitio mayor prestigio y seguridad a los clientes que quieren pagar con tarjeta de crédito. Es cierto que el tiempo y recursos para poder trabajar sobre esto, a veces son escasos, sin embargo, no se requiere de una gran inversión para lograr que su sitio web se posicione, sólo contar con un especialista adecuado, trazar un objetivo claro y mantenerlo en toda la estrategia de comunicación hará que su pyme se posicione en el mundo digital. Fuente: Cámara Colombiana de Comercio Electrónico
La restricción prevista en el artículo 215 del Código de Comercio, relacionada con que ninguna persona podrá ser revisor fiscal en más de cinco sociedades por…
Aspectos generales sobre las sociedades por acciones en materia de revisoría fiscal De conformidad con la consulta radicada en la Superintendencia de Sociedades, bajo el radicado No. 2018-01-261159 del 22 de mayo de 2018 y los traslados que por competencia se radicaron con los números 2018-01 269217 del 28 de mayo de 2018 (Superintendencia Financiera) y 2018-01 280839 del 6 de junio de 2018 (Junta Central de Contadores), que versan sobre las mismas preguntas, se procede a atender de manera conjunta los referidos escritos. Es del caso observar que en ejercicio de la facultad para resolver consultas en materias de competencia de esta Superintendencia en los términos del artículo 28 del C.P.A.C.A., no le es dable a la Entidad pronunciarse acerca de asuntos de carácter particular y concreto, pues su propósito no es otro que dar a conocer una opinión general y abstracta, de manera que con los elementos de juicio que se aportan, el peticionario pueda tomar decisiones y/o adelantar las acciones a que hubiere lugar… Restricción para ser revisor fiscal en más de cinco sociedades se extiende a las SAS. La restricción prevista en el artículo 215 del Código de Comercio, relacionada con que ninguna persona podrá ser revisor fiscal en más de cinco sociedades por acciones, se extiende a las sociedades por acciones simplificadas. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-93180, 07/05/2018
Revisor fiscal no debe depender de la gerencia ni de la junta directiva, ya que pierde…
Consulta 2018-511 Resumen: «Siendo la retribución económica de los servicios profesionales un derecho, el Contador Público fijará sus honorarios de conformidad con su capacidad científica y/o técnica y en relación con la importancia y circunstancias en cada uno de los casos que corresponda cumplir, pero siempre previo acuerdo por escrito entre el Contador Público y el usuarios» (Artículo 46 – Ley 43 de 1990) Revisor fiscal no debe depender de la gerencia ni de la junta directiva, ya que pierde independencia. El revisor fiscal no debe depender de la gerencia ni de la junta directiva, ya que la labor pierde su principal característica y es la independencia. Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 511, 07/11/2018
Los artesanos colombianos avanzan hacia la internacionalización con el reto de lograr una mayor competitividad
Los artesanos colombianos siguen más vigentes que nunca y ahora reinventan su actividad de la mano de la innovación para conquistar nuevos mercados. Sin embargo, el país aún tiene el desafío de lograr una mayor profesionalización e integración empresarial para consolidar esa actividad. Se calcula que en Colombia existen al menos 300.000 artesanos que han preservado las técnicas de arte manual que aprendieron de sus antepasados, así como 1,2 millones de personas involucradas de manera indirecta a esta milenaria actividad. Esta afirmación la hizo en una entrevista concedida a Dinero la exministra de Cultura (entre 2001 y 2002), Araceli Morales, quien además reveló que el sector de las artesanías participa con el 15% del empleo de la industria manufacturera. Morales manifestó que hasta hace unos años uno de los problemas que más aquejaba al sector era la falta de diseño, ya que había la materia prima pero escaseaba la creatividad para darle valor agregado a las piezas artísticas. El país, según ella, ha dado un salto de calidad notable en este sentido y por ello esta actividad –compuesta principalmente por pequeñas empresas familiares- ha fortalecido su presencia internacional en los últimos tiempos. La exministra y actual cónsul honoraria de Chile en Cartagena citó distintos estudios sectoriales para afirmar que en lo que va corrido del año el país exportó US$194.000 en artesanías a Brasil, US$425.000 a Estados Unidos y más de un millón de dólares a Japón. Al preguntarle sobre la notable participación de esa nación asiática en las ventas de artesanías, Araceli contestó que en ese continente se aprecia mucho el valor de las piezas elaboradas manualmente ya que allí la producción es masiva. Esta es una de las características que explica el hecho de que «uno de los principales gastos en los que incurre un turista al llegar a un país sean las artesanías», explicó la directiva, al mencionar el caso del municipio de San Jacinto (Bolívar) en donde “aproximadamente el 34% de la población vive económicamente de ese oficio”. Uno de los fenómenos que ha amenazado el sector es la falsificación de los productos. De hecho en el año 2013 se desató una polémica porque se estaban comercializando sombreros ‘vueltiaos’ –una pieza artesanal protegida con el sello de denominación de origen– fabricados en China. Araceli Morales reconoció esta problemática pero afirmó que a partir de esos episodios se generó una mayor conciencia por parte de los compradores locales y los turistas pues el Gobierno emprendió una campaña contra la falsificación. “Las personas que van a comprar artesanías ya tienen conciencia de que cada pieza es una obra de arte, que tiene su valor intelectual y creativo”, complementó Morales. Precisamente, la exministra lidera desde hace 16 años una feria de artesanías de exportación con el objetivo de enseñarle al público la importancia de preservar la cultura en sus formas auténticas. Farex es el nombre de este evento que se volverá a celebrar del 3 al 11 de enero próximo en el centro de convenciones Julio Cesar Turbay Ayala de la ciudad caribeña de Cartagena con la participación de las delegaciones de Pakistán, Indonesia, Tailandia, Guatemala, España, Uruguay, entre otras. Mapa de las artesanías en Colombia Cifras publicadas en el portal de Artesanías de Colombia exponen que la mayor parte de los artistas del sector se concentra en el departamento de Nariño (14,34%), seguido por Sucre (10,06%), Córdoba (9,34%), Boyacá (8,43%), Cesar (6,95%), Atlántico (6,52%) y Tolima (5,15%). Esa organización gubernamental calcula que el 17% de los artesanos no posee estudios, una “cifra superior al promedio nacional que está por debajo del 5%”. Al detallar los números se evidencia que, del total de personas que iniciaron primaria y que ahora pertenecen a ese sector, tan solo el 18% la culminó. «El aprendizaje de los oficios artesanales es de carácter informal, y se da en el contexto familiar y por iniciativa personal, mediante la participación directa en los procesos productivos”, agrega la información. Muestra de ello es que “el 56,11% del sector artesanal desarrolla su actividad en pequeñas unidades productivas y en forma individual”, puntualiza Artesanías de Colombia en su página, en la que además se explican los principales desafíos de esos talleres. Entre ellos destaca la escasez de mano de obra (21,33%), inestabilidad (10,89%) y falta de personal calificado (8,96%). También resulta problemática la falta de asociación entre los artistas, ya que el 82,38% de los artesanos no participa en ningún tipo de organización para la producción y comercialización en mayor escala. La falta de ingresos es otro de las vicisitudes que tocan a los artesanos colombianos. Esta situación se agrava por el hecho de que el 89% de los talleres no solicite un crédito ante una entidad bancaria, ya sea por temor al endeudamiento (29,87%) o por considerar que los intereses son altos (25,02%). Fuente: Revista Dinero