Innovación empresarial – Casos Exitosos 2016
INNOVACIÓN EMPRESARIAL CASOS EXITOSOS – 2016 Amazonas – Caquetá – Putumayo – Guaviare Alianzas para la innovación, es un programa de Colciencias, Confecámaras y las Cámaras de Comercio, dirigido a todos los empresarios del país que quieran aumentar sus capacidades para innovar, partiendo de la identificación de las necesidades del mercado. Bajo su lema “Pedaleándole a la competitividad empresarial”, los empresarios participantes en el Programa emprendieron un proceso de aprendizaje en innovación y vencieron sus propios obstáculos, para llegar a la meta y lograr que sus empresas sean más competitivas. En la región de la Amazonía colombiana Alianzas para la Innovación es operado por las Cámaras de Comercio de Amazonas, de Florencia para el Caquetá, Putumayo y San José. ¿Cuál fue el objetivo de este recorrido? Lograr que los empresarios aprovechen el camino que ya han logrado construir y que encuentren herramientas técnicas, mentales y prácticas que les permitan a sus organizaciones ser más competitivas, eficientes y productivas. ¿Qué le ofrece este Programa a los empresarios? Formación en innovación. Acompañamiento directo y especializado. Estructuración de la ruta de innovación para su empresa. Apoyo en la implementación de proyectos. Inserción de su empresa en el ecosistema de innovación regional. Reconocimiento. Conozca los testimonios de estos grandes empresarios
Socialización: Normas Tecnicas Sectoriales (NTS)
La Cámara de Comercio del Putumayo y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo invitan a participar de la Socialización en Normas Técnicas Sectoriales (NTS). Capacitador: Doctor Juan Camilo Arroyave Forero Coordinador Unidad Sectorial de Normalización Agencias de Viajes Viceministerio de Turismo Municipio: Puerto Asís Fecha: Viernes 23 de septiembre de 2016 Hora: 4:30 p.m. Lugar: Cámara de Comercio del Putumayo Auditorio 4to piso Mayores informes Tel: 422 71 73 Ext 105 -113 Cel: 313 394 7162 Correo: informacion@ccputumayo.org.co
Señor comerciante, tenga en cuenta los siguientes datos al momento de generar una factura.
Existe una Pagina Web Binacional Fronteriza “Putumayo – Colombia / Sucumbíos – Ecuador” Te invitamos a visitarla a través de la dirección www.fronteramazonica.com
¿Sabías que. Existe una Pagina Web Binacional Fronteriza “Putumayo – Colombia / Sucumbíos – Ecuador” Te invitamos a visitarla a través de la dirección www.fronteramazonica.com Compromiso liderado y desarrollado por la Cámara de Comercio del Putumayo en marco de las soluciones identificadas, en las mesas de trabajo binacionales de acuerdo en las problemáticas de las sub mesas: Seguridad – Transporte – Comercio – Cooperación internacional – Turismo – Salud – Productividad. Actividades que se han venido trabajando en alianza con la Gobernación del Putumayo – Secretaria de Productividad y Competitividad – Prefectura de Sucumbíos – Cámara de Comercio del Putumayo. Visítala y realiza tus comentarios al correo informacion@fronteramazonica.com Ver mas de ¿Sabias que ….
La Cancelación de la matricula mercantil supone la desaparición de la sociedad como persona jurídica. En concepto de…
¿Sabías que La Cancelación de la matricula mercantil supone la desaparición de la sociedad como persona jurídica. En concepto de la Superintendencia de Sociedades, la cancelación de la matrícula mercantil conduce a que la sociedad pierda capacidad jurídica para contratar, en el entendido que la cancelación definitiva solo procede cuando previamente se ha inscrito la cuenta final de liquidación, momento a partir del cual la sociedad pierde la calidad de comerciante y, como consecuencia de la liquidación, desaparece como persona jurídica para todos los efectos legales. De otra parte, indicó que, por virtud del artículo 31 de La Ley 1727 del 2014, la no renovación de la matrícula mercantil durante los cinco años anteriores a la vigencia de la ley implica que la sociedad quede disuelta y en estado de liquidación. No obstante, no puede cancelarse el registro mercantil sin que previamente se haya realizado el trámite de liquidación del patrimonio social. (Supersociedades, Concepto 220-200886, 12/22/2015). Ver mas de ¿Sabias que ….
Capacitación: Indicadores – Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
Cámara de Comercio del Putumayo y Positiva Compañía de Seguros/ARL tiene el gusto de invitarlo a participar de la capacitación en: Indicadores – Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Mayores Informes Tel:420 0898 Ext. 2674 – 422 7173 Ext 119 o 107 Cel: 316 464 3260 – 313 394 7162 E – mail: informacion@ccputumayo.org.co – positivaeducaputumayo@gmail.com
Capacitación en: Innovación para Microempresarios
La Cámara de Comercio del Putumayo y el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA invitan a participar de la capacitación Innovación para Microempresarios. Capacitador: Ivan Dario Carvajal (Administrador de Empresas – Ingeniero Industrial – Especilista en Gestión de la Calidad Total y la Productividad) Municipio: Orito Fecha: Martes (13, 20 y 27) Jueves (15, 22 y 29) de septiembre de 2016 Hora: 4:00 p.m. Lugar: Auditorio ASOCOP Certificado por SENA Mayores informes Tel: 429 0885 – 422 71 73 Ext 105 -113 Cel: 320 849 1528 – 313 394 7162 Correo: informacion@ccputumayo.org.co
Certificados de cámaras de comercio son prueba idónea de liquidación total de entidades
Anteriormente, los certificados expedidos por las cámaras de comercio no constituían prueba apta y suficiente para demostrar la liquidación definitiva de una entidad. Sin embargo, luego de analizar el numeral 3° del artículo 86 del Código de Comercio, el cual indica que las cámaras de comercio deberán llevar el registro mercantil y certificar sobre los actos y documentos en el inscritos, la Corte Suprema cambio su postura, al afirmar que estos certificados allegados por la demanda establecen material probatorio idóneo de la liquidación total de una asociación o sociedad. Lo anterior, por cuanto este documento es una prueba autentica del hecho que expresa. Además, como prueba válida y eficaz, tiene aptitud suficiente para fortalecer el convencimiento de los jueces en relación con la extensión definitiva de las sociedades y entidades obligadas a inscribir tal circunstancia. Acorde con ello, la Sala Laboral recordó que una de las funciones del registro mercantil es dar publicidad a los actos y contratos inscritos con el fin de facilitar el conocimiento de cualquier persona, servir de prueba de los mismos y brindar certeza de las transacciones mercantiles. También, explico que se debe registrar el acto de liquidación de las sociedades ante las cámaras, por lo que, una vez efectuado, las entidades tienen el deber de dar fe de la existencia de la situación, según lo establecido en el numeral 9° del articulo 28 ídem. Según los hechos específicos, la Sala casó la providencia de segundo grado, luego de estudiar el reintegro de un trabajador y analizar un certificado con el cual se dejó constancia de la liquidación final y definitiva de la entidad. La corporación argumento que cuando la entidad se encuentra en trámite del proceso liquidatorio, la sociedad subsiste, pero su capacidad jurídica se contrae a la realización de los actos necesarios para la culminación de aquel. En tal virtud, el reintegro laboral es viable mientras la empresa se encuentre en trámite del proceso liquidatorio y hasta que esta concluya definitivamente y, por ello, declaro la imposibilidad física de la restitución al cargo laboral.
Taller: Formación de multiplicadores en control social
La Ley 850 de 2003, mediante la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas, establece en el Artículo 22 la conformación de la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, precisando que debe conformarse en sus distintos niveles nacional, departamental y municipal. Dicha ley precisa las responsabilidades de la Contraloría General de la República – CGR, Procuraduría General de la Nación – PGN, Defensoría del Pueblo, el Ministerio del Interior, la ESAP, Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP y Departamento Nacional de Planeación – DNP, entre otros con el fin de apoyar a las Veedurías ciudadanas. Por lo anterior, y con el fin de preparar líderes sociales para que se conviertan en multiplicadores para promover la conformación de veedurías, la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas del Nivel Nacional en Coordinación con la Red Departamental de Putumayo se complace en invitarlo a este importante taller de formación de multiplicadores en control social. Municipio: Mocoa Fecha: Jueves 22 y viernes 23 de septiembre de 2016 Lugar: Auditorio ICBF – Avenida San Francisco Hora: 8:00 a.m – 12 m y 2:00 p.m. a 5.30 p.m. Plazo máximo de inscripción: Jueves 15 septiembre de 2016 Mayores informes Celular: 313 405 9027 Correo: gobierno@putumayo.gov.co Descargar plegable: aqui
Aunque el consorcio permite la colaboración empresarial no por ello se configura una sociedad.La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia recordó que…
¿Sabías que. Aunque el consorcio permite la colaboración empresarial no por ello se configura una sociedad.La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia recordó que en el derecho privado colombiano el consorcio, como instrumento de cooperación, no ha sido objeto de regulación, por lo que constituye una modalidad atípica de lo que la doctrina ha denominado contratos de colaboración. Según el alto tribunal, a través de esta figura dos o más personas concentran sus esfuerzos con un determinado objetivo, consistente, por lo general, en la construcción de una obra o en la prestación de un servicio sin que se establezca una sociedad entre ellos, puesto que no se dan los elementos esenciales del contrato de sociedad, permitiendo, en consecuencia, la conservación de la personalidad y capacidad individual para ejecutar las actividades distintas del negocio común. En otras palabras, indicó que se trata de una unión formada para la gestión o la defensa de intereses comunes, sin llegar a constituir una sociedad (M. P. Margarita Cabello). (Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia SC-174292015 (11001310301920090036001), 12/16/2015). Ver mas de ¿Sabias que ….