Autor: Comunicaciones

  • Estudio de Informalidad – Departamento del Putumayo – 2016

    Estudio de Informalidad – Departamento del Putumayo vigencia 2016:  Descargar aqui
  • Aplicación de las NIIF en la temporada de renovación proponentes 2017

    Para la inscripción y renovación, los proponentes deben acreditar información que permita verificar los requisitos habitantes como aptitud legal, capacidad operativa, experiencia y capacidad financiera.

    En el aspecto estrictamente financiero, el proponente al momento de la inscripción o la renovación debe acreditar:

    • En el caso de las personas jurídicas los estados financieros de la sociedad y los estados financieros consolidados del grupo empresarial, cuando la norma aplicable lo exige, auditados con sus notas y los anexos correspondientes, suscritos por el representante legal y el revisor fiscal, si la entidad está obligada a tenerlo, o suscritos por el representante legal y el auditor o contador si la persona jurídica no está obligada a tenerlo.
    • En el caso de las personas naturales copia de la información contable del último año exigida por las normas tributarias, en el caso que estén obligados a llevar contabilidad.

    En este sentido y de acuerdo con los conceptos Nos. CTCP-10-00132 de 2016 y 100208221/000885 de 2016, emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública y por la DIAN, respectivamente, los proponentes al momento de la inscripción o renovación deben aportar sus estados financieros emitidos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en Colombia, esto es, con la aplicación de las normas internacionales de información financiera NIIF, obligatoriamente en el caso de las personas jurídicas, las personas naturales comerciantes y los sujetos no obligados a llevar contabilidad que voluntariamente así lo hagan que pretendan hacer valer su contabilidad como prueba, atendiendo el ad 2° de la ley 1314 de 2009.

    Conceptos

  • ¿Está desesperado por no poder resolver sus conflictos? Soluciones en el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio del Putumayo

    Sus problemas tienen solución. El Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio del  Putumayo le brinda la oportunidad de solucionarlos de manera  amigable, rápida y a un bajo costo.

    Conoce mas aquí:

    Acerca del Centro de Conciliación

     

  • Cámara de Comercio del Putumayo y Alcaldía Municipal de Puerto Asís se reúnen con Peter Tibber – Embajador del Reino Unido

    El día martes 14 de marzo de 2017, en marco de la visita del Embajador del Reino Unido “Peter Tibber” se reunieron la Cámara de Comercio del Putumayo y la Alcaldía Municipal de Puerto Asís, para dar a conocer varios temas en pro del desarrollo del departamento y del municipio, brindando una contextualización de los diferentes sectores económicos, sociales, culturales, ambiéntales, relacionando aspectos como:

    • La dinámica comercial y empresarial de la región.
    • La Conectividad e Infraestructura vial
    • Las Oportunidades de mejora y de inversión
    • Aspectos relacionados con la Zona Veredal Transitoria y de Normalización
    • Los impactos del Postconflicto
    • La figura del Contrato Paz siendo un aspecto de unificación de proyectos a mediano y largo plazo.
    • Desarrollo Fronterizo

    Seguido a ello el Embajador afirma que el desarrollo de una región depende de la articulación que exista entre los actores.

    Fotografía: Cámara de Comercio del Putumayo – Dirección de Competitividad y Productividad Empresarial 

  • Del 21 al 31 de Marzo la Cámara de Comercio del Putumayo atendera en jornada continua

    La Cámara de Comercio del Putumayo informa a sus usuarios que desde el 21 al 31 de marzo de 2017 extenderá su horario de atención desde las 7:00 am hasta las 5:00 pm en jornada continua. Lo anterior con el fin de propiciar la renovación oportuna de los diferentes registros. Así mismo pone a disposición los servicios virtuales a través de la página web www.ccputumayo.org.co.

    Renueve de manera virtual en el siguiente icono:

     

  • Unanimidad, requisito indispensable para transformar una sociedad en SAS. El art. 31 de la Ley 1258/2008 establece como requisito…

    ¿Sabías que

    Unanimidad, requisito indispensable para transformar una sociedad en SAS. El art. 31 de la Ley 1258/2008 establece como requisito indispensable para llevar a cabo la transformación de cualquier tipo societario en sociedad por acciones simplificada (SAS) la decisión unánime de los asociados titulares de la totalidad de las acciones suscritas, la cual deberá constar en documento privado inscrito en el registro mercantil. (Supersociedades, Concepto 220-249498, 12/20/2016).

    Ver mas de ¿Sabias que…

     

  • Cuando renuevas tu registro mercantil antes del 31 de marzo, cumples con una obligación legal y accedes a múltiples beneficios.

    Bogotá D.C.

    Señor Empresario,

    Hemos venido ejecutando acciones con el propósito de garantizar una actividad empresarial en la cual la sana competencia en el mercado, la formalidad y el cumplimiento de las normas constituyan los nuevos paradigmas de un sector productivo eficiente y competitivo en Colombia.

    En tal sentido, uno de los principios sobre los cuales se erige la actividad empresarial es el cumplimiento de una condición fundamental que es la de renovar la matricula mercantil antes del 31 de marzo.

    Hacerlo, busca por generar seguridad y confianza en los negocios y lo acredita ante los clientes cuando la obligación no se acate, por lo tanto, le recuerdo cumplir a tiempo esta importante obligación para no hacerse acreedor a dichas sanciones.

    Es importante informarle también que la Ley 1724 de 2014 ordenas a las Cámaras de Comercio depurar el Registro Mercantil a las empresas que en el lapso de los últimos cinco (5) años no hayan cumplido con la obligación de renovar su matrícula mercantil. A las personas naturales, establecimientos de comercio, sucursales y agencias se les cancelara la matricula mercantil. Por su parte, a las personas jurídicas se les aclara en estado de disolución y liquidación, sin perjuicio de los derechos de terceros previamente adquiridos.

    Cordial saludo,

    Pablo Felipe Robledo Del Castillo
    Superintendente de Industria y Comercio

    Carta Superintendencia de Industria y Comercio: Descargar aqui
  • Libro de actas de junta directiva no requiere inscripción en el registro mercantil. Aunque el Decreto Ley 19 del 2012 suprimió la…

    ¿Sabías que

    Libro de actas de junta directiva no requiere inscripción en el registro mercantil. Aunque el Decreto Ley 19 del 2012 (Decreto Ley Antitrámites) suprimió la obligación de inscribir en el registro mercantil, entre otros, el libro de junta directiva, continúa vigente para las sociedades comerciales la obligación de llevar el libro en el cual se asienten las actas correspondientes, (Supersociedades, Concepto 220-246263, 12/15/2016 ).  

    Ver mas de ¿Sabias que…

  • Peticiones – Quejas – Reclamos – Solicitudes

    Las peticiones verbales son un derecho fundamental de los ciudadanos y es nuestro deber atender este tipo de peticiones y otorgar el mismo trato que las solicitudes escritas; para esto hemos dispuesto los siguientes canales oficiales de recepción:

    • Vía telefónica: Línea de atención (57) (8) 4227173 Extensión. 102
    • Presencial: en las siguientes oficinas:
      • Sede principal, Puerto Asís – Ventanilla Única de Recepción.
      • Seccional Piedemonte Amazónico, Mocoa – líder seccional.
      • Oficinas Receptoras Valle del Guamuez y Orito – Gestor de Oficina.
      • Oficina Receptora Sibundoy – Auxiliar de Apoyo.
    • Otros medios electrónicos o tecnológicos, se recepcionarán por correo electrónico a través de pqr@ccputumayo.org.co y en las oficinas de la entidad; para el caso de Puerto Asís, se recibirán en la ventanilla única de recepción.

    (Ministerio de justicia y del derecho – Decreto 1166 de 2016)