Según el Artículo 5 de la Ley 1258 de 2008. Para crear toda Sociedad por Acciones Simplificadas el documento de constitución debe contener, como mínimo…

Sabías que… Según el Artículo 5 de la Ley 1258 de 2008. Para crear toda Sociedad por Acciones Simplificadas el documento de constitución debe contener, como mínimo: Nombre, documento de identidad y domicilios de los accionistas. Razón social o denominación de la sociedad, seguidas de la palabra “Sociedad por Acciones Simplificada”, mayormente conocida por la sigla S.A.S. El domicilio principal de la sociedad y de las distintas sucursales que se establezcan en el mismo acto de constitución. El termino de duración, si este no fuere indefinido. Si nada se expresa en el acto de constitución, se entenderá que la asociación se ha constituido por término indefinido. Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la sociedad podrá realizar cualquier actividad comercial o civil, licita. Si nada se expresa en el acto de constitución, se entenderá que la sociedad podrá realizar cualquier actividad lícita. El capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y valor nominal de las acciones representativas del capital y la forma y términos en que estas deben pagarse. La forma de administración y el nombre, documento de identidad y facultades de sus administradores. En todo caso, deberán designarse cuando menos un representante legal. Ver mas de ¿Sabias que …. 

Liquidador no puede pagar salarios y aportes a seguridad social atrasados sin que se apruebe previamente el inventario. Mientras el liquidador no elabore…

Sabías que… Liquidador no puede pagar salarios y aportes a seguridad social atrasados sin que se apruebe previamente el inventario. Mientras el liquidador no elabore el inventario de activos y pasivos de la compañía y lo someta a la aprobación de la asamblea general de accionistas, no puede efectuar el pago de los créditos a cargo del ente jurídico, pues se trata del único elemento de publicidad en favor de los socios, sin el cual el liquidador podría enderezar el proceso a su acomodo, consagrando los activos y pasivos sin la posibilidad de que los socios intervengan. Así las cosas, el liquidador de la compañía no puede disponer del dinero que esté tanto en caja como en bancos para pagar los salarios y aportes al sistema de seguridad social que estén atrasados, sin que previamente se haya aprobado el inventario de activos y pasivos por parte del máximo órgano social. (Supersociedades, Concepto 220-125816, 9/18/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

Capitales autorizado, suscrito y pagado en una SAS no necesariamente guardan proporción. Es necesario distinguir entre…

Sabías que… Capitales autorizado, suscrito y pagado en una SAS no necesariamente guardan proporción. Es necesario distinguir entre capital autorizado, suscrito y pagado, que aplica por igual para todas las sociedades por acciones reguladas por la legislación mercantil. No obstante, en la sociedad por acciones simplificada no es preciso que dichos capitales guarden proporción y el plazo para el pago se extiende hasta dos años, indicó la Superintendencia de Sociedades. Así las cosas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9º de la Ley 1258 del 2008, el capital suscrito es la parte del capital autorizado que los accionistas se han obligado a cubrir en un plazo que no puede superar los dos años,mientras que el capital pagado es efectivamente el capital suscrito que ha sido cancelado por los asociados, en donde debe señalarse que, si los accionistas han cancelado las acciones que suscribieron, el capital suscrito coincide con el capital pagado. (Supersociedades, Concepto 220-119641, 9/9/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

Utilidades de las entidades sin ánimo de lucro deben ser reinvertidas en beneficio de las mismas, no repartidas. Teniendo en cuenta que

Sabías que… Utilidades de las entidades sin ánimo de lucro deben ser reinvertidas en beneficio de las mismas, no repartidas. Teniendo en cuenta que en una entidad sin ánimo de lucro no existe el reparto de utilidades o remanentes generados en el desarrollo de sus objetivos, los mismos deben ser reinvertidos, generalmente, en el fortalecimiento, sostenibilidad y crecimiento de la entidad y en el beneficio de sus integrantes en general, pero no de ningún asociado en particular. (Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 390, 9/11/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

Si en los estatutos de la sociedad por acciones simplificada se halla prevista la exclusión de los socios, como lo permite la ley, esta se regirá por…

Sabías que… Si en los estatutos de la sociedad por acciones simplificada se halla prevista la exclusión de los socios, como lo permite la ley, esta se regirá por la disposición contractual, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos para este fin y la determinación se apruebe con el lleno de exigencias legales y estatutarias pertinentes, señaló la Superintendencia de Sociedades. En efecto, el artículo 39 de la Ley 1258 del 2008 indica que, en este evento, debe cumplirse el procedimiento de rembolso previsto en los artículos 14 a 16 de la Ley 222 de 1995. (Supersociedades, Concepto 220-122781, 9/11/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

Socios están legitimados para solicitar la designación del liquidador, ante disolución por no renovar matrícula mercantil. La no renovación de la matrícula mercantil es…

Sabías que… Socios están legitimados para solicitar la designación del liquidador, ante disolución por no renovar matrícula mercantil. La no renovación de la matrícula mercantil es una nueva causal de disolución de la sociedad. Ocurrida la causal, el máximo órgano social debe, necesariamente, declarar disuelta la sociedad y dar cumplimiento a las formalidades señaladas para la reforma del contrato social, lo cual conlleva nombrar al liquidador de la sociedad para que adelante el proceso. La ley faculta a quien tenga interés legítimo para solicitar la designación del liquidador, sin embargo, no señaló quién es el titular de dicho interés. En desarrollo del principio de interpretación analógica, la Superintendencia de Sociedades precisó que ante la imposibilidad de la asamblea o junta de socios para designar al liquidador, cualquiera de los socios podría hacer el requerimiento, sin perjuicio del eventual interés que puedan tener terceros, siempre que las pruebas los legitimen. (Supersociedades, Concepto 220-112070, 8/26/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

Empresa en proceso de reorganización puede acudir a préstamos, sin restricciones. Teniendo en cuenta que el proceso de reorganización busca…

Sabías qué… Empresa en proceso de reorganización puede acudir a préstamos, sin restricciones. Teniendo en cuenta que el proceso de reorganización busca preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos puede suceder que el deudor necesite recursos para continuar desarrollando su objeto social o para atender el pago de las obligaciones a su cargo. En este evento, podrá acudir a préstamos de terceros o de entidades financieras, según el caso, sin que exista restricción alguna al respecto, simplemente debe reunir los requisitos exigidos por unos u otros para su otorgamiento. (Supersociedades, Concepto 220-108826, 8/12/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

Remanente sin disponer de entidades sin ánimo de lucro pasa a beneficencia, previo trámite de adjudicación. El Decreto 1529 de 1990 dispone en…

Sabías que… Remanente sin disponer de entidades sin ánimo de lucro pasa a beneficencia, previo trámite de adjudicación. El Decreto 1529 de 1990 dispone en relación con la liquidación de entidades sin ánimo de lucro (artículo 20) que esta procede 15 días después de la publicación del último aviso, pagando las obligaciones contraídas con terceros y observando las disposiciones legales sobre prelación de créditos. Si cumplido este procedimiento queda un remanente de activo patrimonial, este pasará a la entidad que la asamblea haya designado o a una similar, según como figure en los estatutos. (Supersociedades, Concepto 220-105065, 8/10/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

Reducción de capital que cobija a algunos asociados requiere el voto afirmativo de…

Sabías que… Reducción de capital que cobija a algunos asociados requiere el voto afirmativo de todos los que lo conforman. La disminución o reducción del capital de una sociedad, independientemente del tipo societario, es una reforma estatutaria sujeta a las reglas previstas en el artículo 145 del Código de Comercio y 29 de la Ley 1258 del 2008. Siendo una reforma, debe ser aprobada por el máximo órgano social, de acuerdo con las disposiciones legales y estatutarias pertinentes, en cuanto a quórum y mayorías. (Supersociedades, Concepto 220-104647, 8/5/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

El fraccionamiento del voto no está permitido legalmente. a excepción de las sociedades por acciones simplificadas y solo para…

¿Sabías que… El fraccionamiento del voto no está permitido legalmente. a excepción de las sociedades por acciones simplificadas  y solo para decisiones relativas a elección de juntas directivas u otros cuerpos colegiados. Las acciones que pertenecen a un solo accionista expresan una misma voluntad y, en ese sentido, deben manifestarse en igual dirección con cuántas de ellas posea, pues aceptar lo contrario implicaría que una misma persona pensara de manera diversa respecto de un mismo asunto, lo que iría en contravía de la sana lógica, (Supersociedades, Concepto 220-81578, 7/8/2015). Ver mas de ¿Sabias que ….