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¿Sabías que. Existe una Pagina Web Binacional Fronteriza “Putumayo – Colombia / Sucumbíos – Ecuador” Te invitamos a visitarla a través de la dirección www.fronteramazonica.com Compromiso liderado y desarrollado por la Cámara de Comercio del Putumayo en marco de las soluciones identificadas, en las mesas de trabajo binacionales de acuerdo en las problemáticas de las sub mesas: Seguridad – Transporte – Comercio – Cooperación internacional – Turismo – Salud – Productividad. Actividades que se han venido trabajando en alianza con la Gobernación del Putumayo – Secretaria de Productividad y Competitividad – Prefectura de Sucumbíos – Cámara de Comercio del Putumayo. Visítala y realiza tus comentarios al correo informacion@fronteramazonica.com Ver mas de ¿Sabias que …. 

La Cancelación de la matricula mercantil supone la desaparición de la sociedad como persona jurídica. En concepto de…

¿Sabías que La Cancelación de la matricula mercantil supone la desaparición de la sociedad como persona jurídica. En concepto de la Superintendencia de Sociedades, la cancelación de la matrícula mercantil conduce a que la sociedad pierda capacidad jurídica para contratar, en el entendido que la cancelación definitiva solo procede cuando previamente se ha inscrito la cuenta final de liquidación, momento a partir del cual la sociedad pierde la calidad de comerciante y, como consecuencia de la liquidación, desaparece como persona jurídica para todos los efectos legales. De otra parte, indicó que, por virtud del artículo 31 de La Ley 1727 del 2014, la no renovación de la matrícula mercantil durante los cinco años anteriores a la vigencia de la ley implica que la sociedad quede disuelta y en estado de liquidación. No obstante, no puede cancelarse el registro mercantil sin que previamente se haya realizado el trámite de liquidación del patrimonio social. (Supersociedades, Concepto 220-200886, 12/22/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

Aunque el consorcio permite la colaboración empresarial no por ello se configura una sociedad.La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia recordó que…

¿Sabías que. Aunque el consorcio permite la colaboración empresarial no por ello se configura una sociedad.La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia recordó que en el derecho privado colombiano el consorcio, como instrumento de cooperación, no ha sido objeto de regulación, por lo que constituye una modalidad atípica de lo que la doctrina ha denominado contratos de colaboración. Según el alto tribunal, a través de esta figura dos o más personas concentran sus esfuerzos con un determinado objetivo, consistente, por lo general, en la construcción de una obra o en la prestación de un servicio sin que se establezca una sociedad entre ellos, puesto que no se dan los elementos esenciales del contrato de sociedad, permitiendo, en consecuencia, la conservación de la personalidad y capacidad individual para ejecutar las actividades distintas del negocio común. En otras palabras, indicó que se trata de una unión formada para la gestión o la defensa de intereses comunes, sin llegar a constituir una sociedad (M. P. Margarita Cabello). (Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia SC-174292015 (11001310301920090036001), 12/16/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

La Cámara de Comercio del Putumayo cuenta con la Plataforma Compite 360 El cual es un sistema de consulta en Internet que contiene información comercial, financiera, jurídica y económica de empresas de Colombia legalmente constituidas en…

Sabías que… La Cámara de Comercio del Putumayo cuenta con la Plataforma Compite 360 El cual es un sistema de consulta en Internet que contiene información comercial, financiera, jurídica y económica de empresas de Colombia legalmente constituidas en 13 Cámaras de Comercio a nivel nacional: Bucaramanga – Cúcuta – Cali – Buga – Cartago – Tumaco – Sevilla – Tuluá – Ipiales – Buenaventura – Casanare – Santa Marta – Putumayo. Visita el portal www.compite360.com Viva la experiencia del poder de la información a través de esta plataforma  y compruebe la diferencia de proyectar su negocio soportado en información actualizada, pertinente y veraz. Ver mas de ¿Sabias que …. 

Personas jurídicas sin ánimo de lucro pueden ser socias de una sociedad comercial…

Sabías que… Personas jurídicas sin ánimo de lucro pueden ser socias de una sociedad comercial. Una persona jurídica sin ánimo de lucro, ya se trate de una fundación, asociación o una cooperativa, puede ser socia de una sociedad comercial, en la medida en que sus estatutos o el acto de creación se lo permitan, pues desde el punto de vista de la legislación mercantil, no existe disposición que lo impida, indicó la Superintendencia de Sociedades. La naturaleza de las personas jurídicas, civiles o mercantiles está determinada por su objeto, según que se propongan perseguir o no fines de lucro, característica que dada la participación de una corporación o fundación en el capital de una sociedad comercial no cambia su naturaleza a comercial, pues como persona jurídica de carácter mercantil, distinta de los socios individualmente considerados, tiene la posibilidad legal de conformar su capital con cualquier persona natural o jurídica, con finalidades esencialmente distintas a las suyas. (Supersociedades, Concepto 220-196569, 12/16/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

En concepto reciente, la Superintendencia de Sociedades resolvió varios interrogantes frente a qué sanciones legales sobrevendrían sobre un acta que no ha sido suscrita años atrás. La entidad reiteró lo dicho en…

Sabías que… En concepto reciente, la Superintendencia de Sociedades resolvió varios interrogantes frente a qué sanciones legales sobrevendrían sobre un acta que no ha sido suscrita años atrás. La entidad reiteró lo dicho en el artículo 189 del Código de Comercio, según el cual las decisiones de la junta de socios o la asamblea constarán en actas debidamente aprobadas y firmadas por el presidente y el secretario de la misma; además, el documento debe indicar los asistentes y los votos efectuados para cada caso. La superintendencia recordó que las actas suscritas bajo las exigencias legales poseen carácter probatorio e igualmente son válidas las firmas digitales, de acuerdo con la Ley 527 de 1999. Del mismo modo, la omisión de la rúbrica no está sujeta a un término de estirpe legal, pero sí podría afectar en un futuro el funcionamiento de la empresa, de no realizarse en tiempo prudencial.  (Supersociedades, Concepto 220-161435, 12/02/2015). Ver mas de ¿Sabias que …. 

Los administradores sociales no pueden celebrar contratos de mutuo con la compañía en la que ejercen sus funciones, a menos que…

Sabías que… Los administradores sociales no pueden celebrar contratos de mutuo con la compañía en la que ejercen sus funciones, a menos que cuenten con una autorización válidamente impartida por el máximo órgano social, pues lo contrario configuraría una infracción a lo previsto en el numeral 7º del artículo 23 de la Ley 222 de 1995, según el cual el administrador debe abstenerse de participar por sí o por interpuesta persona en interés personal o de terceros en actividades que impliquen competencia con la sociedad o en actos respecto de los cuales exista conflicto de intereses, recordó la Superintendencia de Sociedades. Como existe un vacío legal, corresponde a los jueces determinar las causas que puedan activar la regla en mención. El análisis que realiza el juez buscará establecer si el administrador cuenta con un interés que pueda nublar su juicio objetivo en el curso de una determinada operación. Para el efecto, deben acreditarse circunstancias que representen un verdadero riesgo de que el discernimiento del administrador se vea comprometido. (Supersociedades, Sentencia 800-133, 10/17/2015).

Existe una Pagina Web Binacional Fronteriza “Putumayo – Colombia / Sucumbíos – Ecuador” Te invitamos a visitarla a través de la dirección www.fronteramazonica.com …

¿Sabías que Existe una Pagina Web Binacional Fronteriza “Putumayo – Colombia / Sucumbíos – Ecuador” Te invitamos a visitarla a través de la dirección www.fronteramazonica.com Compromiso liderado y desarrollado por la Cámara de Comercio del Putumayo en marco de las soluciones identificadas, en las mesas de trabajo binacionales de acuerdo en las problemáticas de las sub mesas: Seguridad – Transporte – Comercio – Cooperación internacional – Turismo – Salud – Productividad. Actividades que se han venido trabajando en alianza con la Gobernación del Putumayo – Secretaria de Productividad y Competitividad – Prefectura de Sucumbíos – Cámara de Comercio del Putumayo. Nota: visítala y realiza tus comentarios al correo frontera.amazonica@gmail.com Ver mas de ¿Sabias que …. 

Acciones que la sociedad en liquidación posea en el capital de otra compañía hacen parte del activo e integran el inventario. Iniciado el proceso de liquidación de una sociedad, las acciones que posea en el capital de otra compañía, al igual que todos sus bienes, hacen parte del…

¿Sabías que Acciones que la sociedad en liquidación posea en el capital de otra compañía hacen parte del activo e integran el inventario. Iniciado el proceso de liquidación de una sociedad, las acciones que posea en el capital de otra compañía, al igual que todos sus bienes, hacen parte del activo y como tal entran a integrar el inventario para atender el pasivo externo, por lo que su vocación es ser vendidas para obtener recursos líquidos destinados al pago de acreencias, indicó la Superintendencia de Sociedades. En el evento en que no sean vendidas y el pasivo externo fuere satisfecho, dichas acciones podrán ser entregadas a los accionistas a título de remanente. (Supersociedades, Concepto 220-195043, 12/15/2015). Ver mas de ¿Sabias que ….