Una sentencia del Consejo de Estado precisó que el registro mercantil de las sociedades anónimas se acredita mediante el…
Una sentencia del Consejo de Estado precisó que el registro mercantil de las sociedades anónimas se acredita mediante el certificado de la cámara de comercio, “lo que impone el cumplimiento previo del deber de su inscripción ante ellas, so pena de ineficacia”. (Consejo de Estado Sección Quinta, Sentencia 54001233300020160011801, 04/06/2017). Ver más Sabías que…
Reporte tramites recibidos 26-Julio-2017
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de acuerdo al Art. 19 de la Ley 1335 de 2009, en las áreas cerradas de los lugares de trabajo y/o de los lugares públicos… se «Prohíbe el consumo de Productos de Tabaco»
Ley 1335 de 2009 Disposiciones por medio de las cuales se previenen daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se estipulan políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y el abandono de la dependencia del tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana. Sabías que de acuerdo al Art. 19 de la Ley 1335 de 2009, en las áreas cerradas de los lugares de trabajo y/o de los lugares públicos, tales como: Bares, restaurantes, centros comerciales, tiendas, ferias, festivales, parques, estadios, cafeterías, discotecas, cibercafés, hoteles, ferias, pubs, casinos, zonas comunales y áreas de espera, donde se realicen eventos de manera masiva, entre otras, se Prohíbase el consumo de Productos de Tabaco. Además Los propietarios, empleadores y administradores de los lugares a los que hace referencia tienen las siguientes obligaciones: Velar por el cumplimiento de las prohibiciones establecidas en la presente ley con el fin de proteger a las personas de la exposición del humo de tabaco ambiental; Fijar en un lugar visible al público avisos que contengan mensajes alusivos a los ambientes libres de humo, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de la Protección Social; Adoptar medidas específicas razonables a fin de disuadir a las personas de que fumen en el lugar, tales como pedir a la persona que no fume, interrumpir el servicio, pedirle que abandone el local o ponerse en contacto con la autoridad competente. Fuente: Ley 1335 de 2009 Articulo 19 y 20