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De acuerdo al Artículo 12, numeral 4, de la ley 1727 de 2014; solo podrán ser afiliados a la Cámara de comercio del Putumayo aquellos comerciantes que…

¿Sabías que

De acuerdo al Artículo 12, numeral 4,  de la ley 1727 de 2014; solo podrán ser afiliados a la Cámara de comercio del Putumayo aquellos comerciantes que renueven su matrícula mercantil y cuota de afiliación antes del 31 de marzo de cada año, o de lo contrario serán desafilados de manera automática sin perder la calidad de matriculado y/o comerciante.

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