¿Sabías que…
Obligación de tener revisor fiscal surge a partir del año siguiente en que se superan topes. La obligación de tener revisor fiscal solo surge a partir del año siguiente a aquel en el que fueron superados los topes de activos o ingresos brutos correspondientes según lo dispuesto en el par. 2 del art. 13 de la Ley 43 de 1990, (Supersociedades, Concepto 220-16798, 02/09/2017).