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Cámara de Comercio del Putumayo

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Requisitos para postularse Junta Directiva

Inscripción y recepción de documentos: La solicitud de inscripción o modificación de las listas de candidatos a miembros de Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Putumayo, podrá realizarse de forma presencial o mediante correo electrónico:

Presencial: En los siguientes municipios y direcciones de la Cámara de Comercio del Putumayo:

  • Puerto Asís: Calle 19 con Carrera 35 Barrio Colina Campestre
  • Mocoa: Carrera 9 12B-37 Avenida Colombia
  • Valle del Guamuez: Carrera 74-42 Barrio Las Américas
  • Orito: Calle 9 entre Carrera 10B y 11 Barrio Villa Carolina
  • Sibundoy: Calle 17 con Carrera 17 Esquina

Correo electrónico:  correspondencia@ccputumayo.org.co

Fecha: La solicitud de inscripción o modificación podrá realizarse entre el 16 de octubre al 3 de noviembre de 2026.

La Cámara de Comercio del Putumayo verificará el cumplimiento de los requisitos de cada uno de los candidatos inscritos y notificará la respuesta al correo electrónico del candidato que realizó la solicitud de inscripción.

La inscripción de listas de candidatos se sujetará al cumplimiento de las siguientes reglas:

  • Las listas deberán contener como máximo 4 renglones.
  • Cada renglón deberá inscribirse con un miembro principal y un suplente personal.
  • Tanto el principal, como el suplente deben cumplir la totalidad de los requisitos para participar en las elecciones.
  • Ningún candidato podrá aparecer en más de una lista.
  • Los candidatos que integran la lista se identificarán de la siguiente manera:

– Cuando el candidato sea persona natural: el nombre completo y la cédula de ciudadanía

– Cuando se trate de una persona jurídica únicamente se indicará la razón social y su NIT

  • Con la inscripción de listas se debe adjuntar la aceptación de la postulación de los candidatos principales y suplentes, declarando bajo la gravedad del juramento que cumplen todos los requisitos exigidos y los demás establecidos en las normas correspondientes, incluido no encontrarse incurso en causal de inhabilidad e incompatibilidad.
  • No se requerirá la presentación personal de los candidatos que integran las listas.