Registro Mercantil
Es una función que la ley ha asignado a las cámaras de comercio, consistente en llevar el registro mercantil de los comerciantes (personas naturales y jurídicas) y sus establecimientos de comercio, así como la inscripción o anotación de los diferentes actos u operaciones, libros y documentos que sean de carácter mercantil, o que afecten al comerciante, con el fin de darles publicidad y los efectos jurídicos que la ley señala.
Dar fe pública de la condición de comerciante de los matriculados, de sus establecimientos de comercio y de los actos y documentos inscritos. Es el medio legal que permite al público o a terceros informarse de todos los actos y transacciones comerciales inscritos en el registro mercantil.
- Personas naturales o jurídicas (sociedades, empresas unipersonales y empresas asociativas de trabajo) que ejerzan profesionalmente el comercio.
- Los establecimientos de comercio.
- Las sucursales de sociedades extranjeras.
En el registro mercantil se inscriben las personas, actos y documentos establecidos en el artículo 28 del Código de Comercio.
En la Cámara de Comercio con jurisdicción en el domicilio del interesado o del establecimiento de comercio respectivo, la Cámara de comercio del Putumayo ejerce jurisdicción en todos los municipios del departamento.
La solicitud de matrícula debe presentarse dentro del mes siguiente a la fecha en que la persona natural empezó a ejercer el comercio o en que la sucursal o establecimiento de comercio fue abierto.
Tratándose de personas jurídicas, la petición de matrícula se debe presentar por el representante legal, dentro del mes siguiente a la fecha del documento de constitución o a la del permiso de funcionamiento. Este mismo plazo se aplica para las copropiedades o sociedades de hecho o irregulares. En este caso se deben inscribir todos los comuneros o socios.
Toda inscripción se probará con certificado expedido por la respectiva cámara de comercio o mediante inspección judicial practicada en el registro mercantil.
- Acredita el cumplimiento de los deberes legales de los comerciante
- Hace pública la calidad del comerciante,
- Confiere identidad comercial y protección,
- Otorga exclusividad de la razón social,
- Da publicidad a los actos inscritos para conocimiento de terceros,
- Facilita la obtención de créditos
- Determina la inclusión en la base de datos de la Cámara de Comercio del Putumayo para invitaciones a eventos de tipo académico o cultural.
- Permite el intercambio de información con potenciales clientes que realicen actividades comerciales y económicas similares.
- Garantía de autenticidad documental
- Además de los beneficios individuales, la matrícula del comerciante ofrece beneficios a la comunidad, por ejemplo, cuando se constituye en materia prima de investigaciones económicas y estadísticas.
Para obtener los beneficios que de ésta se derivan y no incurrir en sanciones legales, la matrícula debe renovarse todos los años hasta el 31 de marzo de cada año, sin importar la fecha en que se haya efectuado.
Contenido del acordeónCon la muerte del comerciante, lo cual se deberá acreditar ante la Cámara de Comercio con la copia auténtica del certificado de defunción, o, por solicitud expresa del mismo, previa cancelación de los derechos correspondientes a los años no renovados.
Cesa cuando se inscriba en el registro, el acta contentiva de la cuenta final de liquidación. Si se han renovado los años anteriores se cancelará la matrícula. De conformidad con la ley 1429 de 2010, las sociedades en liquidación no estarán obligadas a renovar durante el período de liquidación.
Cuando el mismo se hubiera cerrado, mediante solicitud expresa del respectivo titular del establecimiento, previa cancelación de los derechos de matrícula de los años no renovados.
El incumplimiento a la obligación legal de renovar la matrícula mercantil dentro del plazo señalado por la ley, puede acarrear sanciones de carácter pecuniario, impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio. Además, puede ser requerido por las autoridades locales que pueden llegar hasta el sellamiento del local por no tener la matrícula al día.
Puede realizarse en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio del Putumayo o por internet en nuestra página www.ccputumayo.org.co opción renovación en línea.