El derecho de inspección no tiene carácter absoluto frente a las sociedades, sino que está limitado por…
Sabías que… Derecho de inspección no es absoluto. El derecho de inspección no tiene carácter absoluto frente a las sociedades, sino que está limitado por la ley, tanto por su alcance temporal como por su extensión material, por lo que debe ser ejercido dentro de la oportunidad prevista en la ley. (Supersociedades, Concepto 220-197373, 08/30/2017). Ver más Sabías que…
‘Know how’ puede aportarse al capital de la SAS. La Ley 1258/2008 no especifica ni limita el tipo de…
Sabías que… ‘Know how’ puede aportarse al capital de la SAS. La Ley 1258/2008 no especifica ni limita el tipo de acciones con las que se puede conformar una SAS, por lo que es posible aportar el know how en el capital, entendido como la habilidad técnica o conocimiento práctico de cómo lograr un objetivo específico, evento en el cual debe discriminarse en el documento privado de constitución o creación. (Supersociedades, Concepto 220-172030, 08/08/2017). Ver más Sabías que…
Está prohibido a terceros el empleo de un nombre comercial, de una marca de productos o de servicios que sea igual o similar a un nombre comercial ya usado para…
Sabías que… Está prohibido a terceros el empleo de un nombre comercial, de una marca de productos o de servicios que sea igual o similar a un nombre comercial ya usado para el mismo ramo de negocios, salvo cuando se trata de un nombre que por ley le corresponda a una persona, caso en el cual se debe de hacer las modificaciones que eviten toda confusión que a primera vista pudiera presentarse. (Art. 607 Código de Comercio). Ver más Sabías que…
No procede la matrícula, para el caso de los menores de 14 años, toda vez que son considerados inhábiles para ejecutar actos…
Sabías que… No procede la matrícula, para el caso de los menores de 14 años, toda vez que son considerados inhábiles para ejecutar actos mercantiles. El menor de 14 años puede ser propietario de un establecimiento de comercio, lo cual no le otorga la condición de comerciante. Ejemplo: Adjudicación de establecimiento de comercio en un proceso de sucesión. (Art. 1.504 Código Civil). Ver más Sabías que…
Herederos en una sociedad de responsabilidad limitada no pueden pedir distribución anticipada de…
Sabías que… Herederos en una sociedad de responsabilidad limitada no pueden pedir distribución anticipada de utilidades. De acuerdo con los artículos 451 a 456 del Código de Comercio, no es procedente anticipar utilidades, pues las mismas se distribuyen únicamente por decisión del máximo órgano social. (Supersociedades, Concepto 220-172057, 08/08/2017). Ver más Sabías que…
Remoción por acción social de responsabilidad no implica inhabilidad para ejercer…
Sabías que… Remoción por acción social de responsabilidad no implica inhabilidad para ejercer otros cargos. Una persona jurídica miembro de junta directiva puede actuar como tal, aunque su representante legal hubiese sido removido como administrador en razón de la aprobación de la iniciación de la acción social de responsabilidad en su contra. (Supersociedades, Concepto 220-170425, 08/04/2017). Ver más Sabías que…
Enajenación global de activos y pasivos por parte de la SAS requiere aprobación previa de la asamblea de…
Sabías que… Enajenación global de activos y pasivos por parte de la SAS requiere aprobación previa de la asamblea de accionistas. La enajenación global de activos y pasivos por parte de una SAS supone la previa aprobación por parte de la asamblea, la cual puede adoptarse por uno o más accionistas que representen por lo menos la mitad más una de las acciones presentes en la reunión. (Supersociedades, Concepto 220-170403, 08/04/2017). Ver más Sabías que…
Representante legal de la SAS puede disponer de los establecimientos de comercio…
Sabías que… Representante legal de la SAS puede disponer de los establecimientos de comercio. El representante legal de un SAS está facultado para ejercer todos los actos y celebrar todos los contratos a que haya lugar, en desarrollo del objeto social, lo cual implica que le corresponderá disponer, entre otros, de los establecimientos de comercio de la sociedad. (Supersociedades, Concepto 220-164470, 08/01/2017). Ver más Sabías que…
Cualquier accionista puede renunciar a la convocatoria. El art. 21 de la Ley 1258/2008 permite que…
Sabías que… Cualquier accionista puede renunciar a la convocatoria. El art. 21 de la Ley 1258/2008 permite que cualquier accionista renuncie a la convocatoria como un acto individual que se puede ejercer respecto de una reunión específica, para lo cual es indispensable que medie comunicación escrita expresada antes, durante o después de celebrar la reunión. (Supersociedades, Concepto 220-140193, 07/13/2017). Ver más Sabías que…
Tasa de contribución para empresas vigiladas no tendrá cambios…
De acuerdo con resolución de julio de 2017, emitida por la Superintendencia de Sociedades colombiana, la tasa de contribución anual para las empresas vigiladas por el organismo seguirá fijada en 15.37 centavos por cada mil pesos en activos de la compañía. Con esta decisión, la Supersociedades mantuvo sin cambios el cobro a los empresarios, resaltando que la iniciativa va “en línea con el actual mandato de austeridad y transparencia” que se adelanta en el país. Las empresas que se han acogido a procesos de insolvencia como reorganización, reestructuración, concordato y liquidación judicial, deberán acogerse al pago de la tarifa mínima permitida por la ley, la cual equivale a un salario mínimo legal vigente ($737.717). Según resaltó el Ente de control, a partir de la llegada de la cuenta de cobro las sociedades tienen 20 días calendario para hacer el pago correspondiente y evitar intereses de mora y sanciones. Cabe resaltar que, en este proceso, la resolución que rige estos cobros aclara que “En ningún caso la contribución podrá exceder del uno por ciento (1 %) del total de las contribuciones, ni ser inferior a un (1) salario mínimo legal mensual vigente”. Fuente: LatinPyme