COMUNICACIÓN INICIO TRÁMITE: RECURSO DE REPOSICIÓN
QUE EL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2018, EL SEÑOR FRANCISCO RENET VIVAS GUEVARA, OBRANDO EN SU CALIDAD DE PRESIDENTE SALIENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS ESP, INTERPUSO RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO DE APELACIÓN CONTRA LA INSCRIPCIÓN NRO. 12131 DEL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DEL LIBRO Y DEL REGISTRO DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, BAJO LA CUAL LA CÁMARA DE COMERCIO INSCRIBIÓ EL NOMBRAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA COMPUESTO POR LOS SEÑORES PASAJE FUERTES BELYINI AMPARO, IDENTIFICADA CON C.C. 1.120.216.974, SALAZAR MOLINA JOSÉ GERANY, IDENTIFICADO CON C.C. 16.247.364, GONZALEZ ROSERO FANNY ACENETH, IDENTIFICADA CON C.C. 27.474.510, ARBOLEDA SUAREZ HERMINIA CONCEPCIÓN, IDENTIFICADA CON C.C. 41.180.475, NARVAEZ ARTEAGA VEYMAN LUBBYCK, IDENTIFICADO CON C.C. 97.480.877; ROSERO ARCOS PABLO ERNEY, IDENTIFICADO CON C.C. 18.130.770; RODRÍGUEZ ROSERO NANCY DEL CARMEN, IDENTIFICADA CON C.C. 69.055.204; CERON ALVARADO JULIO ALFONSO, IDENTIFICADO CON C.C. 97.480.497; CONTENIDA EN EL ACTA NO. 02 DEL 11 DE AGOSTO DE 2018 DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS. ESTE RECURSO ES CONCEDIDO EN EFECTO SUSPENSIVO.
Con un aumento del 6,12% de matriculas renovadas y un balance positivo finalizo la jornada de renovación para los diferentes registros a nivel nacional
Al cierre del 31 de marzo, plazo definido por la ley, se registró un aumento del 6,12% en los registros renovados, en comparación con 2017. Los empresarios colombianos refrendaron su compromiso con la formalidad y la actualización de su información para el fortalecimiento de sus actividades productivas y comerciales, el diseño de políticas públicas y la lucha contra la ilegalidad. Las Cámaras de Comercio hicieron un despliegue de servicios presenciales y virtuales para que los empresarios cumplieran con rapidez y comodidad con su renovación. Bogotá, 3 de abril de 2018. El pasado 31 de marzo se cumplió el plazo definido por ley para renovar los diferentes registros a nivel nacional, excepto el Registro Único de Proponentes, el cual finaliza el proximo 6 de abril. Este año se presentó un aumento del 6,12% de matrículas renovadas en comparación con 2017. 1.871.386 empresas y otras organizaciones (entre personas naturales, personas jurídicas, establecimientos de comercio y entidades sin ánimo de lucro) renovaron sus registros a 31 de marzo de 2018, frente a 1.763.497 que lo hicieron a la misma fecha de 2017. «Nos satisface la respuesta positiva de los empresarios y que comprendan el verdadero valor de renovar», afirmó Julián Domínguez Rivera, Presidente de Confecámaras. «Desde la Red de Cámaras de Comercio continuaremos promoviendo la formalidad empresarial como uno de los pilares del desarrollo del país», añadió. Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de su renovación, las 57 Cámaras de Comercio del país dispusieron diferentes canales de atención personalizada para la renovación de los registros a través de sus sedes físicas, visitas itinerantes a los municipios y a través de medios virtuales, donde las personas pudieron realizar todo el proceso de forma fácil, rápida y segura. La información suministrada por las empresas en su registro es de gran utilidad para proporcionar seguridad y seriedad en los negocios, promover la inversión, el diseño de políticas de desarrollo y la lucha contra la ilegalidad. Gran compromiso empresarial «El registro mercantil acredita a los empresarios ante sus clientes e inversionistas como legalmente constituidos, cumplidores de sus deberes legales y con una trayectoria reconocida, aspectos que generan confianza y facilitan los negocios; de ahí la importancia de su renovación a tiempo y de actualizar la información consignada en él”, afirmó el Presidente de Confecámaras. El líder gremial también invitó a los empresarios a conocer los servicios y programas de apoyo y fortalecimiento empresarial que ofrecen las Cámaras de Comercio, los cuales son estructurados conforme a las necesidades identificadas en el sector productivo y sus proyectos de consolidación, crecimiento e internacionalización. De igual forma, las Cámaras de Comercio como agencias de desarrollo propenden por generar un entorno eficiente para la gestión empresarial, privilegiando siempre la visión regional y el interés general. Fuente: Confecámaras
Empresarios, a renovar su Matrícula Mercantil
La renovación de la Matrícula Mercantil y los demás registros se puede hacer por internet, ingresando al sitio web de su Cámara de Comercio. El último día hábil para renovar la matrícula mercantil, el 31 de marzo, coincide con la celebración de Semana Santa, razón por la cual invitamos a los empresarios a anticiparse en el cumplimiento de este deber legal. Quienes cumplan 5 años sin renovar su Matrícula serán depurados del Registro Mercantil. Bogotá, marzo 12 de 2018. El próximo 31 de marzo vence el plazo para que los empresarios de todo el país renueven su Matrícula Mercantil y de esta manera puedan mantener todos los beneficios que les otorga la formalidad empresarial. Cabe advertir a todos los empresarios que este año los últimos días hábiles para renovar la matrícula mercantil coinciden con la celebración de Semana Santa, por lo cual se recomienda a los empresarios anticiparse a renovar y evitar interrumpir sus días de descanso. La renovación del registro mercantil proporciona seguridad y seriedad a los empresarios, y los acredita ante los clientes y proveedores como empresarios legalmente constituidos, cumplidores de sus deberes legales y con una trayectoria reconocida, aspectos que generan confianza y facilitan los negocios. Según Julián Domínguez Rivera, Presidente de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio – Confecámaras, “con la renovación los empresarios ratifican su estado formal y con él expresan su confianza en el potencial de crecimiento de sus empresas. Esto se ha demostrado en un incremento sostenido de empresarios que han cumplido con su responsabilidad dentro del tiempo estipulado por ley; en lo corrido del año el número es superior en un 11,6% con respecto a 2017”. Quienes no lo han hecho hasta el momento, pueden realizar el proceso en su totalidad por internet de forma rápida, fácil y segura, desde el diligenciamiento del formulario al pago correspondiente, ingresando al sitio web de su Cámara de Comercio o acercándose a cualquiera de sus sedes. (Para renovar en línea ingrese aquí: Cámara Virtual) Asimismo, las Cámaras han dispuesto de otros servicios para la comodidad de los empresarios, como las asesorías a domicilio, visitas a municipios con el programa Cámaras Móvil y la realización de brigadas para la renovación. Beneficios de ser formal y renovar a tiempo Las empresas que cumplan con su deber podrán participar en licitaciones, acceder a los cursos y servicios de fortalecimiento y promoción que brindan las 57 Cámaras de Comercio y otras entidades públicas y privadas, como ruedas de negocios, talleres y cursos de formación, programas de aceleramiento y misiones comerciales, permitiéndoles expandir su red de clientes y proveedores, llegar a nuevos mercados y desarrollar productos y servicios innovadores. De igual forma, al refrendar su estado formal, los empresarios pueden acceder al sistema bancario para adquirir créditos a tasas competitivas y tener la confianza de poder resolver sus conflictos o dirimir los pleitos comerciales ante la justicia o a través de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos en los Centros de Conciliación de las Cámaras de Comercio. El presidente de Confecámaras afirmó que el país también se beneficia, ya que cuenta con un sector privado fortalecido que estimula la competencia leal y cierra brechas a la ilegalidad. Asimismo, “la información actualizada provista es un insumo indispensable para el diseño de políticas públicas y la elaboración de estudios, promueve la transparencia de la actividad empresarial y apoya la toma de decisiones de negocios e inversión”, aseguró Julián Domínguez. Cancelación de las matrículas y sanciones La ley ha establecido que compete a la Superintendencia de Industria y Comercio imponer sanciones cuando tal obligación no se cumpla, según lo dispone el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992. Es importante también tener en cuenta que el artículo 31 la ley 1727 de 2014 ordena a las Cámaras de Comercio depurar del Registro Mercantil a las empresas que en el lapso de los últimos cinco (5) años no haya cumplido con la obligación de renovar su matrícula mercantil. Otros registros que deben ser renovados: El 31 de marzo también vence el plazo para renovar en las Cámaras de Comercio el registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESALES), Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (RUNEOL) y Registro Nacional de Turismo (RNT). Por su parte, le Registro Nacional de Proponentes (RUP) es el único que tiene plazo de renovación hasta el 6 de abril. Boletín de prensa Confecámaras: Ver Aquí
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo solicitará a las alcaldías distritales y municipales el cierre inmediato de los establecimientos turísticos que no realicen su renovación oportuna del RNT a 31 de marzo
Bogotá D.C., 9 de marzo de 2018 (MinCIT).– El próximo 31 de marzo vence el plazo para que los prestadores de servicios turísticos procedan con la actualización o renovación de su Registro Nacional de Turismo (RNT). Las 57 Cámaras de Comercio del país están preparadas para asesorar y apoyar a las empresas en el respectivo trámite de la actualización, proceso que se debe realizar en la plataforma del Registro Único Empresarial y Social (RUES), ingresando a la página www.rues.org.co y seleccionando la Cámara de Comercio respectiva en la que el prestador de servicios turísticos realiza sus actividades comerciales. Los prestadores de servicios turísticos que omitan esta obligación tendrán que pagar el valor de un salario mínimo legal mensual vigente a Fontur para su correspondiente reactivación, es decir $781.242. A partir del lunes 2 de abril se procederá con la suspensión automática del RNT a quienes no hayan realizado la actualización y se procederá con la sanción correspondiente a quienes se encuentran prestando el servicio sin encontrarse inscrito en dicho registro. Durante el tiempo de la suspensión del RNT, el prestador no podrá ejercer la actividad y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo solicitará a las alcaldías distritales y municipales el cierre inmediato de los establecimientos turísticos, hasta tanto los prestadores acrediten la actualización. “Un turismo competitivo se consolida con la formalización. La mejor carta de presentación ante los viajeros es que quienes los atiendan aseguren un buen servicio, de acuerdo con estándares de calidad y de seguridad”, señaló la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez. Las acciones del Gobierno Nacional contra la informalidad en el turismo arrojan a la fecha un resultado de 1.251 establecimientos que han sido cerrados en el país por estar prestando servicios turísticos por fuera de la normativa existente. De estos, 1.181 son alojamientos, 47 agencias de viajes, 16 restaurantes, 4 empresas alquiladoras de vehículos, 1 centro recreacional, 1 empresa de transporte especial y 1 parque temático. Los 113 operativos realizados en 2017 y en lo corrido del 2018 han permitido la apertura de 3.371 investigaciones preliminares a los prestadores de servicios turísticos que incumplían las normas, y a 525 administradores de propiedad horizontal se les solicitó que informen qué inmuebles de igual número de copropiedades se están alquilando como vivienda turística para verificar si cumplen con la normativa vigente. También fueron encontrados 147 en el año 2017 y 37 en lo corrido del 2018, para un total de 184 Guías de Turismo sin la debida documentación para ejercer su actividad en Antioquia, Bogotá y Tolima. LA FORMALIZACIÓN DA ACCESO A INCENTIVOS TRIBUTARIOS Y FISCALES Los prestadores de servicios turísticos debidamente inscritos en el RNT podrán ser beneficiarios de los incentivos tributarios y fiscales consagrados por la ley. Dentro del grupo de incentivos a los que pueden acceder las empresas del sector turístico que están en el RNT se encuentran: Acceso a recursos del Fondo Nacional de Turismo (Fontur). Exención de la renta por 20 años, que rige desde enero de 2003 para servicios ecoturísticos. Impuesto de renta preferente del 9% por 20 años para las empresas que construyan establecimientos hoteleros en los municipios con menos de 200.000 habitantes. Menor cuantía en el pago del impuesto de Industria, Comercio y Avisos (ICA). Derecho a utilizar las líneas de crédito de Bancoldex. Participación en programas de ProColombia y el Programa de Transformación Productiva del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Fuente: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – MinCIT
El 31 de marzo es la fecha máxima para que los comerciantes renueven oportunamente su Matrícula Mercantil
La Superintendencia de Industria y Comercio hace una invitación a los comerciantes para que renueven oportunamente su Matrícula Mercantil y la de sus establecimientos de comercio antes del 31 de marzo de 2018, plazo establecido por la ley y así se eviten las correspondientes sanciones. Para realizar el proceso de renovación de la Matrícula Mercantil, el comerciante debe dirigirse a cualquiera de las más de 220 oficinas de las 57 Cámaras de Comercio que funcionan en todo el territorio colombiano o a través de su respectiva página web. Renovar oportunamente la Matricula Mercantil proporciona seguridad y confianza en los negocios y lo acredita ante los clientes como un comerciante legalmente constituido y cumplidor de sus deberes legales. Bogotá, D.C., jueves 15 de febrero de 2018. La Superintendencia de Industria y Comercio invita, desde ya, a todos los comerciantes del país (personas naturales o jurídicas), a renovar su Matrícula Mercantil y la de sus establecimientos de comercio antes del 31 de marzo de 2018. De conformidad con el artículo 33 del Código de Comercio, es obligación de todo comerciante (persona natural o jurídica), renovar su Matrícula Mercantil y la de sus establecimientos de comercio, dentro de los tres (3) primeros meses de cada año. “Renovar la Matrícula Mercantil genera seguridad para hacer negocios. Hace que los clientes sepan que los comerciantes con los que tratan juegan de manera legal y son cumplidores de sus deberes. La invitación desde la Superintendencia de Industria y Comercio es que hagan ese registro pronto y no lo dejen para última hora, porque este año la fecha coincide con Semana Santa”, indicó el Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo. Es importante recordar que los comerciantes que no cumplan con la obligación de renovar la Matricula Mercantil antes de la fecha establecida (antes del 31 de marzo de 2018) podrán ser sancionados por la Superintendencia de Industria y Comercio con multas que ascienden a los TRECE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO CATORECE PESOS M/C ($13.281.114.oo), que equivalen a DIECISIETE SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (17 SMLMV). ¿Cómo renovar la Matrícula Mercantil? Para cumplir con el proceso de renovación de la Matrícula Mercantil, el comerciante sólo debe dirigirse a cualquiera de las más de 220 oficinas de las 57 Cámaras de Comercio que funcionan en todo el territorio colombiano o a través de su respectiva página web, diligenciar los formularios y cancelar los respectivos derechos de matrícula que se liquidarán según los activos reportados. En cuanto las tarifas, se pueden encontrar en la página Web de cada Cámara de Comercio y están asociadas al valor de los activos que están incorporados a cada empresa. Tarifas registro públicos 2018: Ver aquí Todas las Cámaras de Comercio otorgan beneficios para quienes realicen el registro de manera anticipada a la fecha límite. ¡Superintendencia de Industria y Comercio, valoramos lo que tú valoras! Dr. Pablo Felipe Robledo del Castillo Superintendente de Industria y Comercio: Carta al comercio Boletín de prensa Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) : Ver Aquí
Quienes no hayan actualizado su Registro Nacional de Turismo -RNT durante dos periodos consecutivos les será cancelado de manera automática…
Señor Prestador Turístico, tenga en cuenta que, conforme al numeral 3 del Artículo 2.2.4.1.3.7 del Decreto 229 de 2017 emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, quienes no hayan actualizado su Registro Nacional de Turismo durante dos periodos consecutivos les será cancelado de manera automática. Esta medida comenzará a aplicarse a partir del 01 de abril de 2018 para quienes no hayan actualizado los años 2017 y 2018. Recuerde que tiene plazo hasta el 31 de marzo para realizar el trámite de actualización y evitar ser sujeto de esta medida. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Decreto 229 del 14 de Febrero de 2017: Ver aquí Mayores informes Martha Cecilia Moreno Marulanda Celular 3112221138 Teléfono: +57 (8) 4227173 extensión 116 Email: jeferegistro@ccputumayo.org.co
Superintendencia de Industria y Comercio expide Decreto 090 por el cual se reduce el universo de sujetos que deben cumplir con la obligación de registrar sus bases de datos-RNBD
Dentro de la campaña antitrámites adelantada por el Gobierno Nacional, el 18 de enero de 2018 se expidió el Decreto 090 por el cual se reduce el universo de sujetos que deben cumplir con la obligación de registrar sus bases de datos en el sistema dispuesto por la Superintendencia de Industria y Comercio y se modifican los plazos para hacerlo. Los obligados a registrar sus bases de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio son las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos superiores a los $ 3 mil 316 millones. Las empresas y entidades sin ánimo de lucro, catalogadas como micro y pequeñas empresas, así como las personas naturales, no están obligadas a registrar esta información. Las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a $ 20 mil 225 millones, tendrán plazo de hacer su registro hasta el 30 de septiembre de 2018. Por su parte, las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a $ 3 mil 316 millones y hasta $ 20 mil 225 millones tendrán plazo de hacerlo hasta el 30 de noviembre de 2018. Las entidades públicas tendrán plazo hasta el 31 de enero de 2019. El registro se debe realizar en línea a través de la página www.sic.gov.co. Bogotá, D.C., viernes 19 de 2018, El Gobierno Nacional expidió el Decreto 090 del 18 de enero de 2018, en el cual reduce el universo de personas jurídicas obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos de la Superintendente de Industria y Comercio. Quienes continúan con el deber de registrar sus bases de datos son las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100 mil Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, $ 3 mil 316 millones. También deben hacerlo todas las entidades públicas. NO están obligadas a hacer este registro las sociedades y entidades sin ánimo de lucro catalogadas como micro y pequeñas empresas, ni las personas naturales. Los plazos establecidos para realizar el registro de las bases de datos son tres: el primero de ellos es para las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que activos por más de $20.225.160 millones, que deberán registrar sus bases de datos a más tardar el 30 de septiembre de 2018. En segunda instancia, las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a $ 3 mil 316 millones y hasta $ 20 mil 225 millones, tendrán plazo de realizar el registro hasta el 30 de noviembre de este año. El tercer plazo vence el 31 de enero de 2019 y corresponde a las entidades públicas. Decreto 90 del 18 de Enero de 2018: Descargar aquí Viernes 16 de noviembre de 2018 – Nuevo enunciado La Superintendencia de Industria y Comercio invita a los responsables de la inscripción del Registro Nacional de Bases de Datos a realizar su registro de manera oportuna (Descargar aquí) Fuente: Superintendencia de Industria y Comercio-SIC
Gobierno Nacional estableció las tarifas de Registro Mercantil y de Proponentes para el 2018
El Gobierno Nacional, mediante el artículo 2.2.2.46.1.2. del Decreto 1074 de 2015 estableció los derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, derechos de cancelaciones y mutaciones y derechos por inscripción de libros y documentos, así como el valor del formulario y los certificados expedidos por las Cámaras de Comercio. Tarifas preparadas por la Vicepresidencia Ejecutiva, Administrativa y Financiera de Confecámaras Tarifas Registro Mercantil 2018: Descargar aquí
Modificación de estructura en los certificados de Cámara de Comercio
La Cámara de Comercio del Putumayo informa a sus usuarios que a partir del día 18 de Diciembre de 2017 se modifica la estructura de los certificados por cambio de sistema y en cumplimiento de lo dispuesto por la Superintendencia de Industria y Comercio. Nuevo modelo Modelo completo: Ver aquí
Comunicado: Servicios virtuales – Cámara de Comercio del Putumayo
El suscrito Director Jurídico y de Registros Públicos de la Cámara de Comercio del Putumayo se permite informar que los días 15 al 17 de diciembre de 2017, no se prestarán servicios presenciales y/o virtuales en la Cámara de Comercio del Putumayo, con ocasión de ajustes tecnológicos para el proceso de migración al nuevo sistema SII. Comunicado oficial: Descargar aquí