Prorroga Registro Único de Proponentes
SUSPENSIÓN INDEFINIDA RENOVACIÓN REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP EN EL PUTUMAYO Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (RESOLUCIÓN 16207 DEL 03 DE ABRIL DE 2017) Descargar:RESOLUCIÓN 16207
Atención prestatario turístico, si aun no a renovado su Registro Nacional de Turismo (RNT) le indicamos el paso a paso de como debe realizarlo.
Registro Nacional de Turismo (RNT) Paso a paso para: Actualización Si usted es prestador de servicios turísticos y se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Turismo (RNT) debe realizar la actualización anual del mismo ANTES DEL 31 DE MARZO. A continuación, le explicamos cómo hacerlo Ingrese al portal del RNT https://rntputumayo.confecamaras.co/ Con su usuario y contraseña, ingrese a la opción “INGRESO PRESTADOR”, escriba su usuario y contraseña. Solicite la actualización de su información de Razón Social y Actividad Económica con la DIAN haciendo clic en la parte inferior del primer formulario. De clic en “Mis establecimientos registrados”. Si posee varios establecimientos de comercio, actualice cada uno seleccionando la opción “Actualizar”. Diligencie el formulario que aparece, ingresando los datos del propietario, y demás preguntas que formula la encuesta parametrizada y adjunte los documentos necesarios de acuerdo al tipo de actividad turística que desarrolla. CERTIFICACION con la manifestación si tienen propiedad horizontal, certificación de calidad turística, y RUT para los hoteles y Residencias; para las agencias de viaje que: certificación de calidad turística, RUT y publicidad de la agencia con el cumplimiento de la política de no explotación sexual de menores; para las agencias que prestan turismo de aventura deberán adjuntar la certificación de cumplimiento de las NTS y para los Guías de Turismo: copia del RUT y copia tarjeta profesional (Decreto-Ley 019 del 10 de enero de 2012). Si la información del formulario está correcta, imprima el formulario de solicitud de actualización el cual deberá presentar en la Camara de Comercio del Putumayo para liquidar el impuesto de registro ($98.000 para el año 2017 – impuesto de la Gobernación) y se liquida por cada establecimiento de comercio a actualizar. El pago se realiza en Cajas de la Cámara de Comercio del Putumayo Digitalice o escanee el comprobante de pago del impuesto de registro e ingrese con el mismo USUARIO y CONTRASEÑA al portal del Registro Nacional de Turismo https://rnt.rue.com.co. Haga clic en la opción “Mis Establecimientos” y adjunte el archivo que contiene la imagen del pago del impuesto de registro. Con este paso termina la radicación de la solicitud de actualización al Registro Nacional de Turismo. Portable: Descagar aqui Tipo de Norma Técnica Sectorial -NTS: Descargar aquí Paso a paso para: Inscripción Si Usted NO está inscrito y va efectuar la inscripción en el Registro Nacional de Turismo, debe ingresar su solicitud a través del portal del RNT de acuerdo con los siguientes pasos: Ingrese a la pagina del registro nacional de Turismo https://www.rues.org.co, escoja la opción RNT , que se encuentra en la parte inferior de la pagina , seleccione el departamento al cual pertenece por jurisdicción de su Cámara de Comercio Por la opción “Registrarse” obtenga su usuario y contraseña. Conserve los datos de usuario y clave, los requerirá siempre para ingresar al sistema del RNT. Posteriormente ingrese por la opción “INGRESO PRESTADOR”, valide la información inicial y diligencie completamente el formulario de solicitud de inscripción por la opción “Mis establecimientos” , y después por la opción “Registrar nuevo establecimiento”. Si está matriculado en el registro mercantil Indique el número de matrícula del establecimiento de comercio que desea inscribir, seleccione el Departamento y Municipio donde éste se encuentra ubicado. Diligencie el formulario de solicitud de inscripción, elegir EL CODIGO DE CONDUCTA dispuesto en la plataforma (requisito exigido a partir del 1 de enero de 2014- De acuerdo con la Resolución 5945 del 20 de diciembre de 2013 del Min Comercio) y de click en registrar. Imprima el formulario de solicitud de inscripción y realice el pago del impuesto de registro. Los trámites de registro en el RNT causan el impuesto de registro. El impuesto es de carácter departamental ($98.000 año 2017) y se genera por cualquier inscripción que se realice en la Cámara de Comercio (Artículo 232 de la Ley 223 de 1995). Escanear el recibo de pago e ingrese nuevamente a la página del RNT con su usuario y contraseña y envíe el soporte de pago del impuesto de registro por la opción “Mis establecimientos (Mis establecimientos registrados)”. Finalmente recuerde adjuntar los documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos específicos dependiendo de la categoría de prestador turístico en la que se está clasificando. Haga clic en la opción “Mis Establecimientos” y adjunte el archivo que contiene la imagen del pago del impuesto de registro, CERTIFICACION con la manifestación si tienen propiedad horizontal (para los hoteles y residencias), y para los Guías de Turismo: Copia del RUT y certificación ((Decreto-Ley 019 del 10 de enero de 2012)Con este paso termina la radicación de la solicitud de inscripción al Registro Nacional de Turismo. Portable: Descagar aqui Tipo de Norma Técnica Sectorial -NTS: Descargar aquí
Aplicación de las NIIF en la temporada de renovación proponentes 2017
Para la inscripción y renovación, los proponentes deben acreditar información que permita verificar los requisitos habitantes como aptitud legal, capacidad operativa, experiencia y capacidad financiera. En el aspecto estrictamente financiero, el proponente al momento de la inscripción o la renovación debe acreditar: En el caso de las personas jurídicas los estados financieros de la sociedad y los estados financieros consolidados del grupo empresarial, cuando la norma aplicable lo exige, auditados con sus notas y los anexos correspondientes, suscritos por el representante legal y el revisor fiscal, si la entidad está obligada a tenerlo, o suscritos por el representante legal y el auditor o contador si la persona jurídica no está obligada a tenerlo. En el caso de las personas naturales copia de la información contable del último año exigida por las normas tributarias, en el caso que estén obligados a llevar contabilidad. En este sentido y de acuerdo con los conceptos Nos. CTCP-10-00132 de 2016 y 100208221/000885 de 2016, emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública y por la DIAN, respectivamente, los proponentes al momento de la inscripción o renovación deben aportar sus estados financieros emitidos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en Colombia, esto es, con la aplicación de las normas internacionales de información financiera NIIF, obligatoriamente en el caso de las personas jurídicas, las personas naturales comerciantes y los sujetos no obligados a llevar contabilidad que voluntariamente así lo hagan que pretendan hacer valer su contabilidad como prueba, atendiendo el ad 2° de la ley 1314 de 2009. Conceptos Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN: Descargar aqui Circular 1211 – Confecamaras : Descargar aqui Concejo Tecnico de la Contaduria Publica – CTCP: Descargar aqui
¿Está desesperado por no poder resolver sus conflictos? Soluciones en el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio del Putumayo
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Capacitación en: Registro Uníco de Proponentes – RUP y SIPREF
Temas: Normatividad vigente que reglamenta el RUP. Actos de inscripción, actualización, renovación y cancelación del RUP. Errores frecuentes y causales de devolución en el trámite del RUP. Tarifas del registro, tiempos de respuesta y término de firmeza de los actos. Diligenciamiento del formulario RUP aplicativo. Sipref Municipio: Puerto Asís Hora: 9:00 a.m. Fecha: Jueves 9 de Marzo de 2017 Lugar: Cámara de Comercio del Putumayo/Auditorio – 4to piso Municipio: Mocoa Hora: 9:00 a.m. Fecha: Jueves 9 de Marzo de 2017 Lugar: Cámara de Comercio del Putumayo/Auditorio – 2do piso Municipio: Valle del Guamuez Hora: 9:30 a.m. Fecha: Viernes 10 de Marzo de 2017 Lugar: Cámara de Comercio del Putumayo/Auditorio – 2do piso Municipio: Sibundoy Hora: 10:00 a.m. Fecha: Viernes 10 de Marzo de 2017 Lugar: Cámara de Comercio del Putumayo Municipio: Orito Hora: 2:30 p.m. Fecha: Viernes 10 de Marzo de 2017 Lugar: Auditorio – COMTRAEDIS Nuestras oficinas: Sede Principal – Puerto Asís, Seccional Piedemonte Amazónico – Mocoa, Oficinas Receptoras – Valle del Guamuez, Orito y Sibundoy PBX: 422 7173 Ext (101) E-Mail: correspondencia@ccputumayo.org.co pqr@ccputumayo.org.co
Capacitación en: Normas Técnicas Sectoriales – NTS
La Cámara de Comercio del Putumayo invita a los propietarios de hoteles, agencias de viajes, guías de turismo y demás prestadores turísticos a una capacitación sobre Normas Técnicas Sectoriales. Recuerde este es un requisito para la renovación de su Registro Nacional de Turismo. Municipio: Mocoa Fecha: Jueves 16 de Febrero de 2017 Hora: 2:00 p.m Lugar: Cámara de Comercio del Putumayo – Auditorio – 2do piso Municipio: Villagarzón Fecha: Viernes 17 de Febrero de 2017 Hora: 9:00 a.m. Lugar: Auditorio Alcaldía Municipal de Villagarzon Municipio: Puerto Asís Fecha: Lunes 20 de Febrero de 2017 Hora: 9:00 a.m. Lugar: Cámara de Comercio del Putumayo – Auditorio – 4to piso Municipio: Orito Fecha: Martes 21 de Febrero de 2017 Hora: 9:00 a.m. Lugar: Auditorio COMTRAEDIS Municipio: Sibundoy Fecha: Lunes 27 de Febrero de 2017 Hora: 10:00 a.m Lugar: Auditorio Cámara de Comercio del Putumayo Nuestras oficinas: Sede Principal – Puerto Asís, Seccional Piedemonte Amazónico – Mocoa, Oficinas Receptoras – Valle del Guamuez, Orito y Sibundoy PBX: 422 7173 Ext (101) E-Mail: informacion@ccputumayo.org.co – pqr@ccputumayo.org.co
Evite cobros de renovación 2017, notifique antes del 31 de marzo ante la Cámara de Comercio si usted ya no ejerce actividades comerciales.
Si usted no ejerce el comercio o su negocio ya no funciona, debe acercarse a cualquiera de las oficinas de la Cámara de Comercio del Putumayo a cancelar la respectiva matricula, conforme al artículo 33 del Codigo Comercio. Al permanecer activo se va causando un valor por derechos de renovación que se le acumula cada año y queda expuesto a las sanciones de la Ley establecidas para estos casos. Nuestras oficinas: Sede Principal – Puerto Asís, Seccional Piedemonte Amazónico – Mocoa, Oficinas Receptoras – Valle del Guamuez, Orito y Sibundoy PBX: 422 7173 Ext (101) E-Mail: informacion@ccputumayo.org.co – pqrs@ccputumayo.org.co
Estas son las nuevas tarifas del Registro Mercantil 2017
El Gobierno Nacional, mediante el artículo 2.2.2.46.1.2. del Decreto 1074 de 2015 estableció los derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, derechos de cancelaciones y mutaciones y derechos por inscripción de libros y documentos, así como el valor del formulario y los certificados expedidos por las Cámaras de Comercio. La matricula de los comerciantes o su renovación en el registro público mercantil, causará anualmente los siguientes derechos liquidados de acuerdo al monto de sus activos: DERECHOS POR REGISTRO DE MATRÍCULA DE ESTABLECIMIENTOS, SUCURSALES Y AGENCIAS La matrícula de establecimientos de comercio, sucursales y agencias, así como su renovación causará los siguientes derechos, según el nivel de activos vinculados al establecimiento: 1.Cuando el establecimiento, la sucursal o la agencia, se encuentre localizado dentro de la misma jurisdicción de la Cámara de Comercio correspondiente al domicilio principal de la sociedad: 2. Cuando el establecimiento, la sucursal o la agencia se encuentre localizado dentro de la jurisdicción de una Cámara de Comercio distinta a la que corresponda al domicilio principal de la sociedad: DERECHOS POR CANCELACIONES Y MUTACIONES La cancelación de la matrícula y las mutaciones referentes a la actividad mercantil causará los siguientes derechos: DERECHOS POR INSCRIPCIÓN DE LIBROS Y DOCUMENTOS De acuerdo con el artículo 2.2.2.46.1.4, del Decreto 1074 de 2015, los derechos de inscripción por actos, libros y documentos serán los siguientes: La inscripción en el registro mercantil de los actos y documentos respecto de los cuales la ley exige esa formalidad, causará un derecho de 5,24% SMMLV $39,000. La inscripción en el registro mercantil de los libros respecto de los cuales la ley exige esa formalidad, causará un derecho de 1.74% de un S.M.M.L.V., equivalente a $ 12.800 CERTIFICADOS Los certificados expedidos por las Cámaras de Comercio, en desarrollo de su función pública de lle- var el registro mercantil, tendrán los siguientes valores, independiente del número de hojas. FORMULARIOS Tarifas preparadas por la Vicepresidencia Ejecutiva de Confecámaras Descargar: Tarifas Registro Mercantil 2017
Procedimiento para apostillar los certificados de Cámara de Comercio
Si requiere apostillar los certificados expedidos por la Cámara con el propósito de que surtan efecto en el exterior debe tener en cuenta que el país destinatario haga parte de la convención de La Haya aprobada para simplificar los trámites requeridos para el efecto, para lo cual debe seguir los siguientes pasos: Ingrese a la página www.sic.gov.co. Opción Información de Trámites. Consulta y otros. De Carácter general. Solicitud de certificación de firmas de los Secretarios de las Cámaras de Comercio Pulse la opción del menú “Catálogo de trámites”/“General” y seleccione el trámite “Solicitud de Certificación de Firmas de los Secretarios de las Cámaras de Comercio”. Regístrese o ingrese con su usuario y contraseña. Ingrese la cantidad de certificaciones requeridas. Confirme si requiere o no el envío del (los) certificado (s) al Ministerio de Relaciones Exteriores para trámites de apostille. Adjunte el(los) certificado(s) digital(es) de existencia y representación legal emitido(s) por las Cámaras de Comercio en formato pdf, con fecha de expedición no mayor a 30 días. El código de verificación del certificado no debe haber sido validado previamente. Realice el pago a través de pagos en línea PSE o imprima el recibo de consignación para realizar el pago en la entidad bancaria correspondiente. Si seleccionó la opción de envío para trámite de apostille, éste será realizado de forma automática informando el número de radicado del trámite ante el Ministerio de Relaciones exteriores. Si no, descargue el certificado emitido. Cualquier inquietud frente al funcionamiento del aplicativo, será atendida en el correo electrónico soportesedeelectronica@sic.gov.co
Conciliatón Nacional – Jornada de conciliación gratuita.
¿Que se puede conciliar? Contratos de compraventa, arrendamientos y reparaciones, pago de deudas, conflictos de sociedades, uso de espacios comunes, conflictos de convivencia por ruido, mascotas o humedades, uso de los espacios comunitarios, conflictos en la comunidad por chismes, daños, pandillas, seguridad o ventas ambulantes. También, cuotas de administración en mora, problemas con maestros de construcción, pintores, carpinteros o plomeros, cuotas alimentarias, custodia de los hijos, régimen de visitas, separación de bienes y de cuerpos y deberes y responsabilidades de los miembros de la familia. Y asuntos de accidentes de tránsito sin heridos, además, penales como lesiones personales sin secuelas, daño en bien ajeno, injuria, calumnia, abuso de confianza e invasión de tierras o de inmuebles. ¿Por qué conciliar? Es una forma ágil y eficiente de dar solución a un problema, con los mismos efectos de una sentencia judicial. No se requiere abogado para acceder a una conciliación. Permite que los involucrados sean tratados en igualdad de condiciones. Mejora la convivencia entre los ciudadanos. Municipio: Puerto Asís. Fecha: 24, 25 y 26 de Noviembre Lugar: Cámara de Comercio del Putumayo – Centro de Conciliación 2do piso. Recepción de solicitudes: Hasta el 15 de Noviembre Cuantía máxima: $103.148.250 Mayores Informes Tel: 422 7173 Ext 119 / 107 Cel: 316 860 3144 E-mail: cconcilia@ccputumayo.org.co