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Derechos sobre las acciones sí prescriben. Uno de los elementos esenciales del contrato de sociedad es…

PRESCRIPCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS ACCIONES Y OTROS TEMAS.

Me refiero a su comunicación radicada con el número 2018-01-272266, mediante la cual previa la información de algunos hechos relacionados con una sociedad anónima, conformada por cinco (05) accionistas mayoritarios gestores; soporte de varios obreros, comerciantes, agricultores, ganaderos u otros oficios con nivel académico; analfabetas, primarios, algunos secundarios y contados universitarios desde hace 40 años logro concentrar más de 1.000 miembros a quienes por su comportamiento económico eran incentivados en acciones.

Algunos han fallecido, cuyos herederos olvidaron incluir las acciones en los juicios de sucesión y comentan que es más oneroso reabrir la sucesión que el monto a recibir. Pocos han vendido sus acciones a la Sociedad Anónima bien sea abonando a las deudas y recibiendo, asumiendo o condonando el remanente. Otros los han tratado de localizar citándolos por prensa, radio o conocidos de la zona infructuosamente ya que no residen en las direcciones previamente suministradas en el registro de accionistas, o por el número de acciones y su valor no es rentable desplazarse desde su ubicación actual al domicilio de la Sociedad Anónima a hacer valer sus derechos y participar de las reuniones tanto de Junta Directiva corno de Asamblea Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas divulgadas con el lleno de los requisitos legales y estatutarios desde hace más de diez (10) años…

Derechos sobre las acciones sí prescriben. Uno de los elementos esenciales del contrato de sociedad es el denominado animus societatis. Así, independientemente del tipo social, la calidad de accionista no solo otorga derechos, sino que igualmente impone obligaciones. El no ejercicio por varios años de los derechos que le confiere la ley al asociado puede acarrearle la prescripción, por lo que es viable la aplicación de las disposiciones generales sobre prescripción extintiva de las acciones judiciales que consagra la ley.

Fuente: Supersociedades, Concepto 220-100424, 07/13/2018