Sabías que…
Según el Artículo 5 de la Ley 1258 de 2008. Para crear toda Sociedad por Acciones Simplificadas el documento de constitución debe contener, como mínimo:
- Nombre, documento de identidad y domicilios de los accionistas.
- Razón social o denominación de la sociedad, seguidas de la palabra “Sociedad por Acciones Simplificada”, mayormente conocida por la sigla S.A.S.
- El domicilio principal de la sociedad y de las distintas sucursales que se establezcan en el mismo acto de constitución.
- El termino de duración, si este no fuere indefinido. Si nada se expresa en el acto de constitución, se entenderá que la asociación se ha constituido por término indefinido.
- Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la sociedad podrá realizar cualquier actividad comercial o civil, licita. Si nada se expresa en el acto de constitución, se entenderá que la sociedad podrá realizar cualquier actividad lícita.
- El capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y valor nominal de las acciones representativas del capital y la forma y términos en que estas deben pagarse.
- La forma de administración y el nombre, documento de identidad y facultades de sus administradores. En todo caso, deberán designarse cuando menos un representante legal.