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Abogado o no, representante legal de la sociedad puede comparecer directamente dentro de los procesos judiciales. Las personas jurídicas, entre las que se encuentran las sociedades comerciales, pueden…

¿Sabías que.

Abogado o no, representante legal de la sociedad puede comparecer directamente dentro de los procesos judiciales. Las personas jurídicas, entre las que se encuentran las sociedades comerciales, pueden comparecer directamente dentro de los procesos judiciales, por conducto de su representante o representantes legales, independientemente de si estos tienen o no la calidad de abogado, pues el Código General del Proceso les reconoce y concede capacidad para comparecer y asumir la representación y la defensa judicial del ente societario, indicó la Superintendencia de Sociedades. Sin embargo, el representante legal puede conferir poder a un tercero para que, en nombre y representación de la sociedad, asuma la defensa judicial de los intereses de la misma, si lo considera apropiado, teniendo en cuenta lo establecido tanto en la ley como en los estatutos. En este evento, el tercero sí debe ser abogado legalmente autorizado.

(Supersociedades, Concepto 220-49065, 03/02/2016).

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