La costumbre mercantil es el conjunto de prácticas que se repiten y aplican reiteradamente por una colectividad de personas frente a un hecho o tema determinado, que adquiere obligatoriedad por el hecho mismo de ser una norma creada para usos sociales, siempre que estas no sean contrarias a la ley y se ejecuten reiterada, pública y uniformemente.
FUNCIÓN DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO
La ley asignó a las Cámaras de Comercio la función de recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar sobre la existencia de las recopiladas (artículo 86 Código de Comercio).
La certificación expedida por la respectiva Cámara de Comercio es uno de los medios previstos por la ley para probar la existencia de los hechos constitutivos de una costumbre mercantil (Arts. 190 C.P.C. y 6o. Co. Cio.).
ELEMENTOS DE LA COSTUMBRE MERCANTIL
- Uniformidad: Los hechos que constituyen costumbre deben ser ejecutados de igual manera por el sector económico o grupo que realiza la práctica.
- Reiteración: La práctica o uso debe repetirse por un cierto tiempo, es decir, debe ser constante y no simplemente transitoria o esporádica.
- Obligatoriedad: La costumbre mercantil debe considerarse obligatoria por quienes la practican.
- Publicidad: La costumbre mercantil debe ser conocida ampliamente por las personas que la practican.
- Vigencia: La costumbre mercantil se debe estar practicando en la actualidad.
- Conforme a derecho: La costumbre no podrá en ningún caso ser contraria a la ley.
- Materia mercantil: La costumbre debe referirse a prácticas comerciales.
METODOLOGÍA DE LA COSTUMBRE MERCANTIL
- Determinación de la viabilidad Jurídica (Determinar si el caso aplica para costumbre mercantil)
- Identificación de las necesidades de información (Identificación del grupo o sector económico que realiza la costumbre)
- Identificación de la metodología adecuada (encuesta)
- Recopilación de la información (Aplicación de encuestas)
- Análisis y conclusiones (Tabulación de la información y Verificación de cumplimiento del % en los elementos de la costumbre mercantil)
- Presentación del informe para aprobación de Junta Directiva
- Emisión de la Certificación de la existencia de la costumbre mercantil
COSTUMBRE
Pago de arrendamiento de local comercial por mensualidades anticipadas durante los primeros cinco (5) días comunes de cada mes
Costumbre |
Año |
Ámbito (Municipios) |
Acto Administrativo |
Constituyen Costumbre |
Pago de arrendamiento de local comercial por mensualidades |
2011 |
Puerto Leguizamo |
Acuerdo Junta Directiva 120 |
SI |
Puerto Caicedo |
Acuerdo Junta Directiva 119 |
SI |
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San Miguel |
NO |
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Puerto Guzmán |
SI |
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Villagarzon |
SI |
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2010 |
Valle del Guamuez |
SI |
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Mocoa |
SI |
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Orito |
SI |
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2009 |
Puerto Asís |
SI |
Si usted tiene conocimiento de alguna práctica mercantil y desea que la Cámara de Comercio del Putumayo investigue si puede ser certificada como costumbre mercantil o está interesado en obtener mayor información sobre este tema, le sugerimos comunicarse con el teléfono 4227173 exts. 101 ó 107 o enviar su solicitud a la siguiente dirección electrónica: ccomercio@ccputumayo.org.co