Consulta 1-INFO-18003262
Resumen: «Será obligatorio tener revisor fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil (3.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes»
Estos son los topes que generan la obligación de tener revisor fiscal. Si luego de revisar la información correspondiente a ingresos y activos con corte a 31 de diciembre del 2017, los activos son iguales o superiores a 5 mil salarios mínimos y/o ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior iguales o superiores a 3 mil salarios mínimos, será obligación tener revisor fiscal a partir del 1 de enero del 2018.