¿Sabías que…
Señor empresario si usted tiene un establecimiento nocturno abierto, tenga en cuenta las siguientes actividades para ejercer su actividad económica de acuerdo al nuevo código de policía:
- 5630 Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento.
- 4724 Comercio al por menor de bebidas y productos del tabaco, en establecimientos especializados.
- 9329 Otras actividades recreativas y de esparcimiento n.c.p.
- 9609 Otras actividades de servicios personales n.c.p.
Como también deberá contar con los siguientes comprobantes: SAYCO Y ACINPRO “Cámara de Comercio”, Registro de Industria y Comercio “Alcaldía Municipal” Certificado de Seguridad “Cuerpo de Bomberos”.
Recuerde que en cualquier momento las autoridades municipales podrán hacer control y verificación de los requisitos.