¿Sabías que.

Embargo de acciones no afecta la titularidad de las mismas. El embargo de acciones no afecta la titularidad de las mismas ni impone restricción distinta de la libre negociación. Por lo tanto, el propietario conserva el derecho a ser convocado, participar en las reuniones del máximo órgano social y deliberar y votar en ellas, salvo recibir dividendos.

(Supersociedades, Concepto 220-196570, 10/18/2016).