¿QUE ES UNA PERSONA NATURAL - PN COMERCIANTE?
Son comerciantes las personas naturales que se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles (Artículo 10 Código de Comercio). Deben matricularse ante la Cámara de Comercio todas las personas naturales que realicen en forma permanente o habitual actividades mercantiles. La Matrícula Mercantil es un medio de identificación y da publicidad a la condición de comerciante.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿CÓMO PUEDO MATRICULARME?
La matrícula o registro es el trámite mediante el cual una persona adquiere formalmente la calidad de comerciante realizando el proceso ante la respectiva Cámara de Comercio, así:
- Presentar la cédula original y una copia en cualquier tamaño.
- Copia del RUT, si la persona nunca ha tenido RUT la Cámara de Comercio lo gestionará.
- Diligenciar el formulario RUES y de forma declarativa indicar la dirección con nomenclatura, correo electrónico, teléfono o celular, el valor de los activos totales asociados a la actividad comercial y las actividades mercantiles que ejecuta.
- Sí el ejercicio de la actividad comercial implica la apertura de un negocio abierto al público es deber del titular registrarlo.
¿CUÁNDO DEBO RENOVAR?
El registro mercantil debe ser renovado oportunamente entre enero y marzo de cada vigencia, por lo que renovará la matricula mercantil de la persona y la de su o sus establecimientos a nivel nacional, según sea el caso. (art. 33 del código de comercio).
¿A TRAVÉS DE QUÉ MEDIOS PUEDO REALIZAR MI MATRÍCULA O MI RENOVACIÓN?
El proceso de matrícula y renovación puede realizarse de manera presencial en cualquiera de nuestras oficinas, a través de nuestros servicios virtuales ingresando a https://ccputumayo.org.co/servicios-en-linea/ o ante cualquier Cámara de Comercio del País mediante la interoperabilidad del Registro Único Empresarial y Social -RUES-.
Para el municipio de Puerto Asís y Mocoa, también se ha dispuesto de la Ventanilla Única Empresaria -VUE- por medio de la cual se podrá realizar el proceso de matrícula cuando el domicilio del comerciante sea cualquiera de estos municipios. Ingrese a https://www.vue.gov.co/tramites-y-consultas/creacion-empresa-persona-natural-juridica.
¿CÓMO PUEDO CONSULTAR MIS ACTIVIDADES COMERCIALES?
Las actividades comerciales se identifican a través de la clasificación industrial internacional uniforme -CIIU- dispuesta por el DANE la cual puede consultarse en https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/ciiu/CIIU_Rev_4_AC2022.pdf. donde encontrará los códigos dispuestos para cada actividad.
¿CUÁNTO CUESTA MATRICULARSE O RENOVAR?
Las tarifas asociadas a los derechos de matrícula o renovación de los registros públicos son establecidas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, recientemente fue expedido el decreto 045 de 2024 modificando el decreto compilatorio 1074 de 2015, así https://ccputumayo.org.co/wp-content/uploads/2025/02/Tarifas-de-Registro-Mercantil-Entidades-sin-Animo-de-Lucro-Proponentes-y-RUNEOL-2025-1_page-0004.pdf.
¿QUÉ DEBO HACER SI CAMBIO MI DOMICILIO?
- Sí el comerciante decide cambiar su domicilio a un municipio o ciudad fuera de la jurisdicción de la Cámara de Comercio del Putumayo, deberá presentar una solicitud de cambio de domicilio e indicar la dirección del nuevo domicilio, así como el nuevo número de teléfono, una vez se radique la solicitud la Cámara revisará que cumpla con todos los requisitos y remitirá el expediente a la Cámara de Comercio de destino. En este caso, no es posible cambiar de una jurisdicción a otra el expediente del establecimiento de comercio.
- Sí el comerciante decide cambiar su domicilio dentro del departamento del Putumayo (jurisdicción de la entidad), podrá realizarlo a través de una mutación, según los derechos asociados, salvo que lo haga durante el proceso de renovación.
¿QUÉ DEBO HACER SI DEJO DE EJERCER EL COMERCIO?
El comerciante podrá suspender o cancelar mediante solicitud escrita el registro mercantil de la persona, no obstante, la matricula negocio se entenderá como “cierre del establecimiento de comercio”, la cual no podrá ser reactivada y se procederá cuando lo estime la persona con la cancelación.
RECUERDE QUE:
- Existen actividades que no son mercantiles, es decir, que no deben matricularse ante la Cámara de Comercio. (art. 23 del código de comercio).
- Previo a la matrícula debe consultar si el nombre de su establecimiento de comercio o negocio está disponible a nivel nacional o, por el contrario, ya está siendo usado.
- La formalidad inicia con la obtención del registro mercantil, sin embargo, según la actividad comercial a la que se dedique se deben cumplir con otros requisitos ante otras autoridades, en caso de querer consultar la información podrá ser solicitada directamente ante la Cámara de Comercio.
- Al registrarse como comerciante y renovar oportunamente, usted podrá acceder a los beneficios dispuestos por la Cámara de Comercio, conózcalos en https://ccputumayo.org.co/beneficios-como-empresario-2/.
Tenga en cuenta que la Cámara de Comercio cuenta con un sistema de alertas preventivas, podrá consultar más aquí https://ccputumayo.org.co/sipref/.