Sabías que…

Herederos en las SAS pueden ceder derechos, respetando la preferencia que se haya pactado. La cesión de derechos hereditarios sobre las acciones que correspondan a los herederos en la SAS es una operación perfectamente viable que se puede generar en favor de la empresa accionista, siempre respetando el derecho de preferencia que se haya pactado. (Supersociedades, Concepto 220-201952, 09/16/2017).

Ver más Sabías que…