«…Las tarifas del Registro Mercantil, Proponentes y Registro Único Nacional de Operadores de Libranza que empezarán a regir a partir del 1° de enero de 2020.
Las mismas fueron calculadas de acuerdo con la unidad de valor tributario UVT fijado por el Gobierno Nacional para el año 2020 a través de la Resolución 084 de 2019 expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN…» Santiago Renjifo Ortega – Vicepresidente Ejecutivo – Confecámaras.
El Gobierno Nacional, mediante Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 2260 del 13 de diciembre de 2019, estableció los derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, derechos de cancelaciones y mutaciones y derechos por inscripción de libros y documentos, así como el valor del formulario y los certificados expedidos por las Cámaras de Comercio.