– La Ley 1780 de 2016, o Ley del Primer Empleo que brinda beneficios a quienes promuevan la generación de empleo y el emprendimiento en los jóvenes
Puerto Asís, 29 de octubre de 2021. – En medio de las iniciativas de reactivación económica en la región, la Cámara de Comercio del Putumayo realiza actividades para la socialización de los alcances de la Ley 1780 de 2016, o Ley del Primer Empleo que brinda beneficios a quienes promuevan la generación de empleo y el emprendimiento en los jóvenes.
La Ley 1780 de 2016, “Por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictan otras disposiciones”, reglamentada a través del decreto 639 de 2017 busca reducir la dificultad para conseguir trabajo y generar mayores oportunidades de acceso al mercado laboral, de los jóvenes.
“Desde Cámara de Comercio, a través de sus asesorías jurídicas, las personas, ya sean comerciantes o quienes deseen constituir una sociedad jurídica, se les brinda una asesoría totalmente gratuita y se hace el acompañamiento, incluso se les brinda unos modelos también de estatutos y actas” indicó Lizeth Hernández, del área jurídica de la Cámara de Comercio del Putumayo.
Según los datos de Registro Mercantil en el Putumayo, para el año 2020, pese a la pandemia, un total de 172 personas naturales, y 581 personas jurídicas, accedieron a los beneficios de la Ley 1780 de 2016, mostrando una tendencia, en aumento, en relación con los años anteriores.
Dentro de los beneficios que incluye esta ley, y que favorece a cualquier persona natural o jurídica están los siguientes:
- Exención del pago de la matrícula mercantil y su renovación para el primer año.
- Beneficios en los aportes a las cajas de compensación familiar para los empleadores que contraten jóvenes entre los 18 y 28 años.
- Beneficios tributarios para pequeñas empresas establecidas en el marco de la ley 1429 del 2010.
Condiciones para conservar los beneficios de esta ley:
- Relación de trabajadores vinculados directamente con la empresa, si los tuviere, indicando el nombre e identificación de los mismos.
- Que la empresa ha realizado los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y demás contribuciones de nómina, en caso de estar obligada a ello, y ha cumplido con sus obligaciones oportunamente en materia tributaria.
- Presentar copia de los estados financieros debidamente firmados por el contador o revisor fiscal, según el caso, con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
Causales de exclusión:
- Cancelación de matrícula y solicitar una nueva como persona natural con la misma actividad económica.
- La creación de una nueva sociedad que resulte de la fusión o división de otras sociedades, no gozaran de beneficio.
- Las sociedades reconstituidas posteriormente a la ley 1780 de 2016.
- Las sociedades en cuyos aportes se encuentren establecimientos de comercio, sucursales o agencias; transferidos por una sociedad o comerciante.
Requisitos para acceder a estos beneficios:
- Si es comerciante, debe tener entre 18 y 35 años de edad.
- Empresas con menos de 50 trabajadores.
- Activos totales no superiores a 5000 smmlv.
- En sociedades, con participación de uno o varios socios/accionistas que tengan entre 18 y 35 años, que representen la mitad más uno de cuotas sociales o acciones.
- Empresas con menos de 50 trabajadores.
- Activos totales no superiores a 5000 smmlv.
Matriculados beneficiarios de la Ley 1780 | |||||||
| 2016 | 2017 | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | Total, general |
Personas naturales/comerciantes | 21 | 62 | 77 | 98 | 172 | 102 | 532 |
Personas jurídicas/sociedades | 175 | 426 | 870 | 870 | 1075 | 581 | 4034 |
Total, general | 196 | 488 | 984 | 968 | 1247 | 683 | 4566 |
Ley del Primer Empleo en el Putumayo
Quienes deseen acceder a toda la información relacionada con los beneficios de la Ley 1780, pueden solicitarla a través del celular 3112221138, a través de la paginas web https://ccputumayo.org.co/beneficios-como-empresario/ley-1780-de-2016/ y en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio del Putumayo.