EXCLUSION y/o SUSPENSION DE LOS DERECHO DE SOCIO REGISTRADO EN LISTAS CAUTELARES

Estatutos de la sociedad anónima no pueden prever la exclusión de accionistas por aparecer en listas cautelares. El ordenamiento jurídico no contempla disposición alguna que permita bajo ninguna condición la posibilidad de contemplar en los estatutos de la sociedad anónima la exclusión de accionistas o la suspensión de sus derechos por decisión de los órganos sociales, bien sea asamblea general o junta directiva.

Fuente: Supersociedades, Concepto 220-42318, 03/22/2018