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Empresarios deberán reportar ingresos por actividades ordinarias y reporte de número de empleados, así lo estipula la Superintendencia de Industria y Comercio

Por disposición de la Superintendencia de Industria y Comercio mediante oficio 19-18189-0-0 de fecha 25 de enero de 2019, las Cámaras de Comercio verificarán que los usuarios al matricularse o inscribirse y al renovar anualmente su registro, diligencien con CARÁCTER OBLIGATORIO, los siguientes campos del formulario del Registro Único Empresarial y Social – RUES:

  • Ingresos por actividades ordinarias.
  • Número de empleados.
Oficio 19-18189-0-0: Descargar aquí