- La renovación de la Matrícula Mercantil y los demás registros se puede hacer por internet, ingresando al sitio web de su Cámara de Comercio.
- El último día hábil para renovar la matrícula mercantil, el 31 de marzo, coincide con la celebración de Semana Santa, razón por la cual invitamos a los empresarios a anticiparse en el cumplimiento de este deber legal.
- Quienes cumplan 5 años sin renovar su Matrícula serán depurados del Registro Mercantil.
Bogotá, marzo 12 de 2018. El próximo 31 de marzo vence el plazo para que los empresarios de todo el país renueven su Matrícula Mercantil y de esta manera puedan mantener todos los beneficios que les otorga la formalidad empresarial.
Cabe advertir a todos los empresarios que este año los últimos días hábiles para renovar la matrícula mercantil coinciden con la celebración de Semana Santa, por lo cual se recomienda a los empresarios anticiparse a renovar y evitar interrumpir sus días de descanso.
La renovación del registro mercantil proporciona seguridad y seriedad a los empresarios, y los acredita ante los clientes y proveedores como empresarios legalmente constituidos, cumplidores de sus deberes legales y con una trayectoria reconocida, aspectos que generan confianza y facilitan los negocios.
Según Julián Domínguez Rivera, Presidente de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio – Confecámaras, “con la renovación los empresarios ratifican su estado formal y con él expresan su confianza en el potencial de crecimiento de sus empresas. Esto se ha demostrado en un incremento sostenido de empresarios que han cumplido con su responsabilidad dentro del tiempo estipulado por ley; en lo corrido del año el número es superior en un 11,6% con respecto a 2017”.
Quienes no lo han hecho hasta el momento, pueden realizar el proceso en su totalidad por internet de forma rápida, fácil y segura, desde el diligenciamiento del formulario al pago correspondiente, ingresando al sitio web de su Cámara de Comercio o acercándose a cualquiera de sus sedes. (Para renovar en línea ingrese aquí: Cámara Virtual)
Asimismo, las Cámaras han dispuesto de otros servicios para la comodidad de los empresarios, como las asesorías a domicilio, visitas a municipios con el programa Cámaras Móvil y la realización de brigadas para la renovación.
Beneficios de ser formal y renovar a tiempo
Las empresas que cumplan con su deber podrán participar en licitaciones, acceder a los cursos y servicios de fortalecimiento y promoción que brindan las 57 Cámaras de Comercio y otras entidades públicas y privadas, como ruedas de negocios, talleres y cursos de formación, programas de aceleramiento y misiones comerciales, permitiéndoles expandir su red de clientes y proveedores, llegar a nuevos mercados y desarrollar productos y servicios innovadores.
De igual forma, al refrendar su estado formal, los empresarios pueden acceder al sistema bancario para adquirir créditos a tasas competitivas y tener la confianza de poder resolver sus conflictos o dirimir los pleitos comerciales ante la justicia o a través de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos en los Centros de Conciliación de las Cámaras de Comercio.
El presidente de Confecámaras afirmó que el país también se beneficia, ya que cuenta con un sector privado fortalecido que estimula la competencia leal y cierra brechas a la ilegalidad. Asimismo, “la información actualizada provista es un insumo indispensable para el diseño de políticas públicas y la elaboración de estudios, promueve la transparencia de la actividad empresarial y apoya la toma de decisiones de negocios e inversión”, aseguró Julián Domínguez.
Cancelación de las matrículas y sanciones
La ley ha establecido que compete a la Superintendencia de Industria y Comercio imponer sanciones cuando tal obligación no se cumpla, según lo dispone el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992.
Es importante también tener en cuenta que el artículo 31 la ley 1727 de 2014 ordena a las Cámaras de Comercio depurar del Registro Mercantil a las empresas que en el lapso de los últimos cinco (5) años no haya cumplido con la obligación de renovar su matrícula mercantil.
Otros registros que deben ser renovados:
El 31 de marzo también vence el plazo para renovar en las Cámaras de Comercio el registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESALES), Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (RUNEOL) y Registro Nacional de Turismo (RNT).
Por su parte, le Registro Nacional de Proponentes (RUP) es el único que tiene plazo de renovación hasta el 6 de abril.
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