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De acuerdo con la Dian, solo mediante el SIE se podrán registrar las solicitudes de aquellas Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) que quieran permanecer dentro del Régimen Tributario Especial.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) lanzó el sitio web oficial que servirá para que las Entidades Sin Ánimo de Lucro reporten su información financiera y sean evaluadas.

Tal como lo estableció la reforma tributaria del 2016, las Entidades Sin Ánimo de Lucro que quieran seguir conformando el Régimen Tributario Especial, tendrán que registrarse y publicar periódicamente su información financiera en el recién lanzado Servicio Informático Electrónico del Régimen Tributario Especial (SIE RTE).

De acuerdo con la Dian, solo mediante el SIE se podrán registrar las solicitudes de aquellas Entidades Sin Ánimo de Lucro (Esal) que quieran permanecer dentro del Régimen Tributario Especial. La entidad advirtió especialmente que no se recibirá ninguna solicitud mediante el sistema de Peticiones, Quejas, Sugerencias o Reclamos (PQSR) y Denuncias o “radicadas físicamente en las áreas de documentación”.

Fotografía: Alejandro Acosta – Tomado de: Dinero.com

Además, la Dian señaló que es importante que las Esal interesadas “validen que la información de ubicación, representante legal, responsabilidades, actividades económicas, correo electrónico y entidad de vigilancia y control contenidas en su RUT esté actualizada, para que el servicio les permita radicar la solicitud”.

También tendrán que asegurarse de cumplir con todos los requisitos y documentos soportes requeridos para presentar la solicitud”.

La entidad recordó que las Esal que se crearon y registraron antes del 2016 tendrán como plazo hasta el 30 de abril para presentar su solicitud de pertenecer al nuevo Régimen Tributario Especial.

Para aquellas creadas entre el 2016 y el 31 de diciembre del 2017, el plazo para presentar su solicitud será también hasta el 30 de abril, sólo si actualizaron su Registro Único Tributario (RUT) en enero de este año.

Y para aquellas creadas en el 2018, la solicitud podrá realizarse desde el 4 de abril, en cualquier momento del año.

La Dian explicó que cada entidad tendrá que ingresar a su cuenta de usuario registrado en el sitio web oficial de la entidad; seleccionar la opción del SIE e iniciar la presentación de su solicitud al régimen, junto con los documentos y soportes necesarios; la información relacionada con información de los fundadores, de los cargos directivos, gerenciales y de control, donaciones y asignaciones permanentes, se tendrá que incluir mediante el prevalidador o aplicativo disponible aquí y enviar toda la documentación en la pestaña “Presentación de información por envío de archivos”.

Fuente:  Dinero.com