¿Que se puede conciliar?
Contratos de compraventa, arrendamientos y reparaciones, pago de deudas, conflictos de sociedades, uso de espacios comunes, conflictos de convivencia por ruido, mascotas o humedades, uso de los espacios comunitarios, conflictos en la comunidad por chismes, daños, pandillas, seguridad o ventas ambulantes.
También, cuotas de administración en mora, problemas con maestros de construcción, pintores, carpinteros o plomeros, cuotas alimentarias, custodia de los hijos, régimen de visitas, separación de bienes y de cuerpos y deberes y responsabilidades de los miembros de la familia. Y asuntos de accidentes de tránsito sin heridos, además, penales como lesiones personales sin secuelas, daño en bien ajeno, injuria, calumnia, abuso de confianza e invasión de tierras o de inmuebles.
¿Por qué conciliar?
- Es una forma ágil y eficiente de dar solución a un problema, con los mismos efectos de una sentencia judicial.
- No se requiere abogado para acceder a una conciliación.
- Permite que los involucrados sean tratados en igualdad de condiciones.
- Mejora la convivencia entre los ciudadanos.
Municipio: Puerto Asís.
Fecha: 24, 25 y 26 de Noviembre
Lugar: Cámara de Comercio del Putumayo – Centro de Conciliación 2do piso.
Recepción de solicitudes: Hasta el 15 de Noviembre
Cuantía máxima: $103.148.250
Mayores Informes
Tel: 422 7173 Ext 119 / 107
Cel: 316 860 3144
E-mail: cconcilia@ccputumayo.org.co