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Cámara de Comercio suscribió segundo convenio de servicios de conciliación extrajudicial en asuntos de tránsito

Mocoa, 22 de noviembre de 2019. El pasado 13 de noviembre de 2019, se suscribió, en Mocoa, el segundo convenio para la prestación de servicios de conciliación extrajudicial, a través del Centro de Conciliación, el cual, se firmó entre la Cámara de Comercio del Putumayo y el municipio de Mocoa, para invitar e incentivar a la comunidad a usar el dialogo y buenas costumbres de respeto y tolerancia, en la suscripción de este convenio estuvieron presentes la Presidenta Ejecutiva de la Cámara de Comercio del Putumayo, Deccy Yanira Ibarra, el Alcalde Municipal de Mocoa, José Antonio Castro y el Secretario de Tránsito y Transporte Municipal, David Camilo Aranda. 

Este, es el segundo convenio suscrito en el Departamento después del formalizado y ejecutado con el IMTRAM de Puerto Asís, con los cuales, se busca contribuir a la solución de controversias jurídicas generadas por accidentes de tránsito, a través de los servicios del Centro de Conciliación que esta entidad cameral ha dispuesto para la ejecución del convenio. 

Es de precisar que, estos convenios se desarrollarán bajo lo establecido en el artículo 143 del Código Nacional de Tránsito – Ley 769 de 2002.

Uno de los beneficios principales del convenio es que, los usuarios podrán acceder al servicio, con una tarifa especial, de $100.000 para resolver todas aquellas controversias derivadas con ocasión de accidentes de tránsito dentro de la jurisdicción del Municipio de Mocoa y que sean competencia de la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal de Mocoa.

La Cámara de Comercio del Putumayo, a través de su Centro de Conciliación, brindará un servicio ágil, eficiente, confidencial, económico y eficaz para la resolución de este tipo de conflictos, evitando el escalonamiento del conflicto y posterior cogestión del sistema judicial. 

Cabe anotar que, el acta de conciliación suscrita por las partes hace tránsito a cosa juzgada (lo acordado en el acta no podrá ser discutido en otra instancia) y presta mérito ejecutivo (el incumplimiento de las obligaciones acordadas se puede reclamar por vía judicial).

Es de tener en cuenta que, para acceder a este servicio, las partes que deseen conciliar sus controversias deberán presentar los siguientes documentos:

  1. Formato de solicitud de conciliación.
  2. Fotocopia del documento de identidad de las partes.
  3. Fotocopia de los documentos que soporten la propiedad de los vehículos y/o bienes afectados.
  4. Fotocopia de la epicrisis expedida por la entidad de salud encargada, de no existir solo se deberá anexar copia de los documentos relacionados en el punto 2 y 3.
  5. IPAT (Informe Policial de Accidente de Tránsito).

Dentro del servicio de conciliación y, en el marco de la ejecución de este convenio, se exceptúan las incapacidades por lesiones que superen más de 60 días, la muerte en accidente de tránsito y delitos no querellables.

El Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio del Putumayo fue autorizado a través de la Resolución No 0539 del 07 de marzo de 2007, emitida por el entonces Ministerio del Interior y de Justicia.

Para conocer más acerca de los términos y condiciones de estos beneficios usted puede dirigirse a cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio del Putumayo o comunicarse a los teléfonos (8) 4 22 71 73 ext. 108 o al celular 3112221138.