Autor: Comunicaciones

  • Sabías que… sociedades disueltas no pueden solicitar la nulidad de una liquidación oficial. De acuerdo con la Sección Cuarta del Consejo de Estado, una sociedad contribuyente que fue objeto de un proceso de liquidación carece de capacidad para ser parte demandante en un proceso en el que se busca la nulidad de una liquidación oficial. Sobre el particular, el alto tribunal recordó…

    Sabías que…

    Sociedades disueltas no pueden solicitar la nulidad de una liquidación oficial. De acuerdo con la Sección Cuarta del Consejo de Estado, una sociedad contribuyente que fue objeto de un proceso de liquidación carece de capacidad para ser parte demandante en un proceso en el que se busca la nulidad de una liquidación oficial. Sobre el particular, el alto tribunal recordó que la disolución de la sociedad es un acto jurídico que afecta su existencia, porque implica la ruptura del vínculo contractual entre quienes se unieron para conformarla y la consiguiente restricción parcial de su capacidad jurídica, en cuanto no puede continuar desarrollando el objeto social con el que se constituyó. Así, explicó que la disolución libera a los socios de las obligaciones que habían contraído cuando se creó la persona jurídica, siempre que se satisfagan las deudas a cargo de la sociedad con terceros, y opera por las causales enunciadas en el artículo 218 del Código de Comercio, que tienen efectos en el tiempo, dependientes de la causal misma (C.P. Hugo Fernando Bastidas). (Consejo de Estado Sección Cuarta, Sentencia 05001233100020070317701 (20368) del 5/21/2015).

     

    Sabias-que-54

  • Sabías que… El Consejo Técnico de la Contaduría Pública indica los topes de activos y/o ingresos brutos para que una sociedad comercial esté obligada a…

    Sabías que…

    el Consejo Técnico de la Contaduría Pública indica los topes de activos y/o ingresos brutos para que una sociedad comercial esté obligada a tener revisor fiscal. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública recordó el valor de los activos y/o ingresos brutos que deben tenerse en cuenta para determinar la obligación de nombrar revisor fiscal en las sociedades comerciales, en los términos de la Ley 43 de 1990. Así las cosas, para el año 2015, se determina la obligación si los activos brutos fueron o excedieron, a 31 de diciembre del año 2014, de $ 2.484.500.000; o los ingresos brutos fueron o excedieron, durante el año anterior, de $ 1.848.000.000. Para el año 2014, de $ 2.947.500.000 y de $ 1.768.500.000; para el año 2013, de $ 2.833.500.000 y de $ 1.700.100.000; para el año 2012, de $ 2.678.000.000 y de $ 1.606.800.000; para el año 2011, de $ 2.575.000.000 y de $ 1.545.000.000, y para el año 2010, de $ 2.484.500.000 y de $ 1.490.700.000. La entidad aclaró que no existe un procedimiento que indique la forma de eliminar la figura del revisor fiscal, por lo que, si la sociedad no iguala o supera los topes señalados, debe oficializar la no continuidad a través de la aprobación de la asamblea general, por ser este el organismo encargado de nombrarlo o removerlo. (Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 40 del 5/21/2015).

    Sabias-que-53

  • Sabías que… El otorgamiento de préstamos a los socios está permitido, pues no existe norma que lo prohíba expresamente. En el ordenamiento legal no existe norma que prohíba expresamente a las sociedades comerciales…

    Sabías que…

    El otorgamiento de préstamos a los socios está permitido, pues no existe norma que lo prohíba expresamente. En el ordenamiento legal no existe norma que prohíba expresamente a las sociedades comerciales de ningún tipo el otorgamiento de préstamos a los socios, por lo que la procedencia de estas operaciones, así como las consecuencias que puedan derivarse de su indebida celebración, deben evaluarse en cada sociedad de manera particular, teniendo en cuenta que las mismas no obedecen a la relación del socio con el ente en su calidad de tal, sino al contrato de mutuo que hayan celebrado, indicó la Superintendencia de Sociedades. En este evento, corresponde a los administradores verificar el cumplimiento de los presupuestos que se hayan establecido y tomar las medidas o ejercer las acciones a que haya lugar para exigir las garantías y hacer efectivo el pago. (Supersociedades, Concepto 220-64655 del 5/6/2015).

     

     

     

     

     

    Sabias-que-52

  • Participe de los talleres : Pedaleándole a la competitividad empresarial

    Pedaleándole a la competitividad empresarial

    La Cámara de Comercio del Putumayo invita a todos los comerciantes y empresarios a ser parte del programa Alianzas para la Innovación en la Región de la Amazonia, el cual busca incrementar el número de empresas con capacidades de innovación para aumentar la competitividad regional.

    Participe de los talleres que se llevaran a cabo en el municipio de Mocoa y Villagarzon

    Mayores informes
    Correo: innovacion@ccputumayo.org.co
    Celular 3105692486

    TALLER MENTALIDAD EN MOCOA

    TALLER MENTALIDAD EN VILLAGARZON

  • EXPO Emprender 2015

    La Cámara de Comercio del Putumayo, ECOPETROL S.A, el Servicio Nacional de Aprendizaje – Sena Putumayo, La Fundación del Alto Magdalena, y la Organización de los Estados Iberoamericanos, vienen desarrollando en el departamento del Putumayo, actividades encaminadas al fortalecimiento de las líneas económicas ya identificadas y que están generando ingresos a las comunidades; por ello se permiten invitar a la FERIA EMPRESARIAL Y RUEDA DE NEGOCIOS que se llevará a cabo en el municipio de Valle del Guamuez, los días 20 y 21 de Noviembre 2015

    Contar con su participación es de suma importancia, toda vez que buscamos generar un espacio propicio para promover encuentros entre oferentes y demandantes que cumplen condiciones de calidad y experiencia, entre instituciones y organizaciones que promuevan hacer negocios, desarrollar relaciones o alianzas estratégicas para el mercadeo de los productos, bienes o servicios.

    Volante

  • La repartición de utilidades debe justificarse en balances reales debidamente aprobados al final del ejercicio. Las utilidades únicamente se pueden repartir cuando estén justificadas por balances reales y fidedignos y luego de que se hayan hecho las respectivas reservas previstas en la ley, en los estatutos o aquellas…

    Sabías que…

    La repartición de utilidades debe justificarse en balances reales debidamente aprobados al final del ejercicio. Las utilidades únicamente se pueden repartir cuando estén justificadas por balances reales y fidedignos y luego de que se hayan hecho las respectivas reservas previstas en la ley, en los estatutos o aquellas que los asociados consideren convenientes o necesarias, siempre que tengan una destinación especial y sean aprobadas al final de cada ejercicio, con el estado de pérdidas y ganancias, indicó la Superintendencia de Sociedades. Si se alcanza el tope de capital previsto para la reserva legal, conformada por un determinado porcentaje de las utilidades líquidas de la compañía y cuyo destino no es ser repartida entre los accionistas, cesa la obligación de seguir realizando las apropiaciones pertinentes, señaló la entidad. (Supersociedades, Concepto 220-108656 del 7/11/2014).

    Sabias-que-51

  • Colombia Prospera – Mano a mano por el Desarrollo Empresarial

    Estimado Empresario el día Jueves 19 de Noviembre a partir de las 8 de la mañana en las instalaciones de Corpoamazonía se desarrollará la jornada de “Colombia Prospera” un programa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en convenio con la Confederación de Cámaras de Comercio, que lleva a las regiones la oferta institucional del Gobierno Nacional con el fin de contribuir con la innovación, productividad y competitividad empresarial.

    En realidad es una gran oportunidad para relacionarse con las entidades estatales, conocer sus servicios, identificar oportunidades para su empresa, fortalecer su unidad productiva y resolver inquietudes como: competencia desleal, costos de servicios públicos, registros de marcas, registro nacional de turismo etc. Al finalizar el evento, los asistentes podrán programar citas personalizadas con cada entidad, con el fin de asesorarse en temas relevantes para sus negocios

    Actores de Colombia Prospera
    • Bancoldex
    • Banca de las Oportunidades
    • Fondo Nacional de Garantías
    • Superintendencia de Industria y Comercio
    • Superintendencia de Sociedades
    • Proexport ahora Procolombia
    • Propaís
    • Programa de Transformación Productiva
    • iNNpulsa
    • Artesanías de Colombia
    • ICA
    • DPS
    • FNA
    • FONTUR

    La participación no tiene COSTO para los asistentes, no es necesario estar formalizado pero es mejor que su negocio lo este. En Colombia Prospera lo orientamos para hacerlo.

    colombia prospera mocoa-01

  • Todo un éxito el 2°. Encuentro Nacional de la Comunidad Empresarial

    TODO UN ÉXITO EL 2°. ENCUENTRO NACIONAL DE COMUNIDAD EMPRESARIAL

    Con una productiva rueda de negocios de carácter presencial y una muestra de Eje Moda 2016, especialmente organizada para el evento, concluyó la primera de dos jornadas del SEGUNDO ENCUENTRO NACIONAL DE COMUNIDAD EMPRESARIAL, organizado por el proyecto Fortalecimiento del Tejido Empresarial y su aliado local, la Cámara de Comercio de Dosquebradas.

    En este 2° Encuentro Nacional participan cerca de 100 empresarios procedentes de los 21 municipios donde Ecopetrol tiene operaciones, donde precisamente se ejecuta desde 2012 el proyecto Fortalecimiento del Tejido Empresarial, iniciativa impulsada por Ecopetrol en conjunto con Confecámaras, la Unión Temporal formada por la Universidad Jorge Tadeo Lozano y la Corporación Calidad, así como los gremios Asocajas, Fedecajas y Acopi.

    El 2° Encuentro Nacional de Comunidad Empresarial se efectúa en Dosquebradas desde este jueves 05 de noviembre e incluyó en su primera sesión dos conversatorios referentes a la colaboración empresarial como fuente de oportunidades comerciales. En la primera charla compartieron sus ponencias invitados muy especiales, especialistas en temas de gestión empresarial, emprendimiento y mercadeo, bajo la moderación del profesor Nelson Riveros, jefe del área de Consultoría y Emprendimiento de la Universidad Jorge Tadeo Lozano. Los panelistas fueron: don Alfredo Hoyos, fundador y presidente de Frisby; Francisco Mejía, director ejecutivo del Centro de Desarrollo Tecnológico de la Industria Automotriz Colombiana; y Darío Castillo, expresidente de la Confederación Colombiana de Cooperativas y miembro del Consejo Nacional de Planeación.

    El segundo conversatorio contó con las conferencias de: Edwin Maldonado, jefe de Encadenamientos Productivos de la Asociación Nacional de Industriales (ANDI); Sandra Garzón Rocha, Coordinadora de Comunicaciones del grupo Gelsa y Julián Albornoz, consultor y estratega digital, especializado en activación de marca, mercadeo digital y social media.

    Luego del intercambio de ideas, el SEGUNDO ENCUENTRO NACIONAL DE COMUNIDAD EMPRESARIAL continuó con la rueda de negocios, en que los representantes de las Mipymes participantes tuvieron la oportunidad de explorar oportunidades comerciales y llegar a alianzas de negocio con empresarios de diferentes municipios del país. El cierre del primer día fue un desfile organizado por la Cámara de Comercio de Dosquebradas especialmente para el evento, con una muestra de lo que será Ejemoda 2016, la feria de moda más importante del eje cafetero, el cual se llevó a cabo en las instalaciones del Centro Comercial El Progreso.

    La jornada final del SEGUNDO ENCUENTRO NACIONAL DE COMUNIDAD EMPRESARIAL incluirá la presentación de parte del doctor John Jaime Jiménez relativa al Cindetemm, Centro de Innovación y Desarrollo de la Metalmecánica, de la Cámara de Comercio de Dosquebradas, y una esperada rueda virtual de negocios, con empresarios conectados vía Internet desde 21 municipios donde Ecopetrol tiene operaciones, entre ellos: Arauca, Cartagena, Cúcuta, Tibú, Barrancabermeja, Acacías, Saravena, Sabana de Torres, Tumaco, Yumbo, Paz de Ariporo, Yopal, Villavicencio, Neiva, Yondó, Guamal, Castilla La Nueva, Coveñas, Buenaventura, Dosquebradas y Orito.

    segundo-encuentro-empresarial-271

    Nelson-Riveros,-Universidad-JOrge-Tadeo-Lozano,-Alfredo-Hoyos,-Frisby,-Francisco-Mejia,-Centro-Desarrollo-Industria-Automotriz-y-Dario-Castillo,-consejero-nacional-de-Planeacion-(2)

    Comunidad-Empresarial

  • Una Sucursal extranjera no puede adquirir por sí misma acciones en sociedades colombianas. Si bien es cierto que la sucursal de sociedad extranjera puede registrar en su estado financiero inversiones…

    Sabías que…

    Una Sucursal extranjera no puede adquirir por sí misma acciones en sociedades colombianas. Si bien es cierto que la sucursal de sociedad extranjera puede registrar en su estado financiero inversiones por alícuotas de capital, el hecho de registrarlas como activos no significa que no sean de la sociedad matriz o que se pueda hacer una distinción entre los activos de una y otra, precisó la Superintendencia de Sociedades. Al tratarse de un establecimiento de comercio, la sucursal no tiene capacidad por sí misma para adquirir participaciones, en el entendido que, aunque puede hacer uso de recursos para adquirir activos, como es el caso de las acciones, quien se identificará como accionista es la sociedad extranjera. (Supersociedades, Concepto 220-124869 del 8/8/2014).

    Sabias-que-50