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Señor comerciante tenga en cuenta:

Señor comerciante: 

En conformidad del Articulo 33 del Código de Comercio es deber de comerciante, renovar anualmente su matricula mercantil a mas tardar el 31 de marzo del 2015

Tenga en cuenta que el incumplimiento de dicha obligación, acarrea sanciones para el comerciante hasta de diecisiete (17) salarios mínimos mensuales legales Vigentes, que impone la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)

Que no lo coja la tarde Renueve Oportunamente proteja su nombre y el de su establecimiento.
Señor Comerciante

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