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Una Sucursal extranjera no puede adquirir por sí misma acciones en sociedades colombianas. Si bien es cierto que la sucursal de sociedad extranjera puede registrar en su estado financiero inversiones…

Sabías que…

Una Sucursal extranjera no puede adquirir por sí misma acciones en sociedades colombianas. Si bien es cierto que la sucursal de sociedad extranjera puede registrar en su estado financiero inversiones por alícuotas de capital, el hecho de registrarlas como activos no significa que no sean de la sociedad matriz o que se pueda hacer una distinción entre los activos de una y otra, precisó la Superintendencia de Sociedades. Al tratarse de un establecimiento de comercio, la sucursal no tiene capacidad por sí misma para adquirir participaciones, en el entendido que, aunque puede hacer uso de recursos para adquirir activos, como es el caso de las acciones, quien se identificará como accionista es la sociedad extranjera. (Supersociedades, Concepto 220-124869 del 8/8/2014).

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