Buscar
Buscar

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48 de la Ley 43 de 1990, no habrá inhabilidad para aceptar el cargo de contador en una sociedad siempre y cuando…

CONSULTA 2018-492 Resumen: Si se renuncia como revisor fiscal de una sociedad, no existe inhabilidad para aceptar el cargo de contador público, si transcurre un año entre la renuncia y el nuevo nombramiento. Revisor fiscal debe renunciar un año antes de aceptar el cargo de contador en la misma compañía. De acuerdo con lo previsto […]