No convocar a reunión ordinaria del máximo órgano social puede dar lugar a investigación…
Sabías que… No convocar a reunión ordinaria del máximo órgano social puede dar lugar a investigación administrativa. La no convocatoria a reuniones ordinarias puede dar lugar al inicio de una investigación administrativa, en los términos del artículo 152 del Decreto Ley 19 del 2012. (Supersociedades, Concepto 220-199385, 09/05/2017).