Autor: Comunicaciones

  • Diferenciación entre sociedades civiles y comerciales permanece en el sistema legal colombiano. Las sociedades que se dediquen a realizar actos mercantiles o las que contemplen actividades mixtas seguirán considerándose…

    DE LAS SOCIEDADES CIVILES Y LAS FUNCIONES DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL A CARGO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

    Aviso recibo de su comunicación radicada con el número 2017-03-019508, mediante la cual consulta si el concepto contenido en el Oficio No. 220-003180 del 19 de enero de 2009, relativo al tema de la referencia, se mantiene vigente.

    Al respecto, le informo que en efecto, el concepto 220-003180 citado, se mantiene vigente, en cuanto que en el sistema legal colombiano permanece la diferenciación entre sociedades civiles y sociedades comerciales, con fundamento en el criterio objetivo de la definición de comerciante y del acto de comercio, prevista en los artículos 10 y 20 del Estatuto Mercantil, lo que determina que las primeras no sean sea destinatarias de las atribuciones de inspección, vigilancia y control que esta Entidad ejerce en los términos del artículo 189 numerales 11 y 24 del de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 82 y SS de la Ley 222 de 1995…

    Diferenciación entre sociedades civiles y comerciales permanece en el sistema legal colombiano. Las sociedades que se dediquen a realizar actos mercantiles o las que contemplen actividades mixtas seguirán considerándose compañías comerciales, mientras que las otras serán de naturaleza civil, definidas estas últimas como aquellas que no contemplan en su objeto actos mercantiles.

    Fuente: Supersociedades, Concepto 220-19985, 02/13/2018
  • Sucursales de sociedades extranjeras no llevan libros de actas. Las sucursales de sociedades extranjeras no son un ente jurídico distinto de…

    SUCURSALES DE SOCIEDADES EXTRANJERAS NO LLEVAN LIBROS DE ACTAS.

    Me refiero al escrito radicado bajo el número 2017-01-640705, a través del cual consulta si la sucursal en Colombia de la sociedad extranjera Triada México Colombia, se encuentra o no obligada a inscribir el libro de actas en el registro mercantil que lleva la cámara de comercio, y la normatividad que lo regula.

    Sucursales de sociedades extranjeras no llevan libros de actas. Las sucursales de sociedades extranjeras no son un ente jurídico distinto de la casa matriz, por lo que al no celebrar reuniones de junta de socios o asamblea general de accionistas y, por ende, no están obligadas legalmente a llevar ni a inscribir en el registro mercantil el libro de actas.

    Fuente: Supersociedades, Concepto 220-13301, 02/05/2018
  • Para perfeccionar la fusión entre una sociedad de responsabilidad limitada y una sociedad por acciones simplificada se requiere el otorgamiento de una sola escritura pública que contenga el acuerdo, así como los demás documentos que prevé el…

    FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO DE FUSIÓN SOCIEDADES SAS Y LTDA.

    Aviso recibo de la comunicación radicada bajo el No. 2017-01-638333, mediante la cual formula una consulta sobre el tema de la referencia, la que plantea de manera puntual los siguientes interrogantes:

    Sobre la base de que pretende efectuarse la fusión de una sociedad por acciones simplificada y una sociedad de responsabilidad limitada, la primera como absorbente y la segunda como absorbida, operación en la que no hay bienes sujetos a registro, se pregunta:

    1. “Si es necesario o no elevar a escritura pública el acta de la junta de socios de la sociedad Ltda, mediante la cual se aprueba el compromiso de fusión de las compañías.
    2. Es necesario elevar en una (1) escritura pública tanto el acta de la junta de socios que apruebe la fusión respecto de la sociedad limitada (sociedad absorbida), como el acta de la asamblea general de accionistas que aprueba la misma operación respecto de sociedad por acciones simplificada (sociedad absorbente), teniendo en cuenta que ninguna de las dos sociedades es titular de bienes muebles o inmuebles.
    3. En este orden de ideas, les agradezco me confirmen en detalle, si el documento para radicar en la Cámara de Comercio para efectos de registrar el proceso de fusión entre las compañías es una (1) escritura pública que contiene las decisiones de los dos órganos sociales (Junta de Socios y Asamblea General de Accionistas) o si por el contrario sólo se debe presentar el documento privado de la SAS, sociedad absorbente que aprueba la fusión”

    Así se perfecciona la fusión entre una SAS y una sociedad de responsabilidad limitada. Para perfeccionar la fusión entre una sociedad de responsabilidad limitada y una sociedad por acciones simplificada se requiere el otorgamiento de una sola escritura pública que contenga el acuerdo, así como los demás documentos que prevé el artículo 177 del Código de Comercio

    Fuente: Supersociedades, Concepto 220-12757, 02/02/2018
  • Actuaciones del revisor fiscal ejecutadas por alguien que no es contador público carecen de validez….

    Consulta textual: … «¿Cuales son las consecuencias para una empresa por no tener revisor fiscal, esta obligado a ello?»

    Resumen: «Sera obligatorio tener revisor fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyo activos brutos al 32 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos»

    Actuaciones del revisor fiscal ejecutadas por alguien que no es contador público carecen de validez. Se tendrán como no presentadas o carecerán de validez legal las actuaciones del revisor fiscal ejecutadas por alguien que no es contador público tales como emisión de estados financieros dictaminados, certificaciones solicitadas por entes reguladores y de vigilancia, así como declaraciones tributarias, entre otros, se darán como.

    Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 81, 02/07/2018
  • Derecho de inspección no puede convertirse en un obstáculo permanente…

    REPRESENTANTE DE DERECHOS DE SOCIOS EN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, DERECHO DE INSPECCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES EN PROCESO DE VENTA DE ACCIONES.

    Me remito a su comunicación radicada en la WEB MASTER de la Superintendencia de Sociedades, bajo el número 2017 – 01 – 624430, mediante la cual solicita el concepto de la entidad sobre los siguientes aspectos…

    Derecho de inspección no puede convertirse en un obstáculo permanente. El ejercicio de este derecho no puede convertirse en un obstáculo permanente que atente contra la buena marcha de la sociedad, por lo que si bien la asistencia diaria del asociado está amparada por la expresión en cualquier tiempo, tal conducta afectaría el funcionamiento de la administración y constituiría un exceso en su ejercicio.

    Fuente: Supersociedades, Concepto 220-006763, 01/22/2018
  • Traspaso de acciones requiere cancelar el correspondiente título y crear los números consecutivos necesarios. Para materializar el traspaso de parte de las acciones contenidas en un título es necesario…

    PROCEDIMIENTO PARA EFECTUAR EL TRASPASO DE ACCIONES.

    Aviso recibo de su comunicación radicada con el número 2017-01-588623, mediante la cual formula una consulta sobre el tema de la referencia, que se
    resume así:

    Si existe un título de 100 acciones, con el No. 005 y pretenden venderse 50 acciones de este título, es posible expedir 2 nuevos títulos de 25 acciones cada uno con el mismo No. 005, o necesariamente tiene que cancelarse el título No. 005 y expedir el titulo No. 006, 007 y 008 con 25, 25 y 50 (saldo) acciones, respectivamente?

    Para responder la inquietud propuesta y en el entendido que la misma no precisa el tipo de sociedad al que corresponden los títulos objeto de negociación, procede remitirse a las disposiciones de la legislación mercantil que aplican para la sociedad anónima, a saber…

    Traspaso de acciones requiere cancelar el correspondiente título y crear los números consecutivos necesarios. Para materializar el traspaso de parte de las acciones contenidas en un título es necesario cancelar el mismo y expedir en números consecutivos los títulos de las acciones que permanezcan en cabeza del vendedor, así como los títulos de los adquirentes, operación que deberá ser registrada en el libro de registro de accionistas.

    Fuente: Supersociedades, Concepto 220-000885, 01/05/2018
  • Máximo órgano social decide conflicto de intereses por vinculación de directivo en otra compañía. El miembro de junta directiva de una compañía que simultáneamente participa en calidad de…

    COMPETENCIA CON LA SOCIEDAD-CONFLICTO DE INTERESESRADICACIÓN 2017-01-588691.

    Me refiero a su comunicación radicada con el número citado, mediante la cual formula una consulta sobre la integración de la Junta Directiva y el conflicto de intereses que podría surgir respecto de sus miembros, en los supuestos que al efecto describe en los…

    Máximo órgano social decide conflicto de intereses por vinculación de directivo en otra compañía. El miembro de junta directiva de una compañía que simultáneamente participa en calidad de directivo de otra que, a su vez, compite en el mercado con la primera está en una posible situación de conflicto de intereses, que debe ser considerada por el máximo órgano social con el fin de establecer su incidencia en el desempeño del negocio y los riesgos que pueda traer.

    Fuente: Supersociedades, Concepto 220-000982, 01/09/2018
  • Sucesión ilíquida debe estar representada para que proceda la reunión universal de asamblea. Ante el fallecimiento de uno de los accionistas, las acciones a su nombre pasan a…

    CONVOCATORIA Y PROCEDENCIA DE REUNIONES UNIVERSALES DEL MÁXIMO ÓRGANO SOCIAL ANTE EL FALLECIMIENTO DEL SOCIO, EN SOCIEDADES POR ACCIONES.

    Aviso recibo de la comunicación radicada bajo el No. 2017-01-582692, mediante la cual formula una consulta relacionada con las reuniones universales de la asamblea ante el fallecimiento de un socio, en sociedades por acciones, la que se concreta en los siguientes…

    Sucesión ilíquida debe estar representada para que proceda la reunión universal de asamblea. Ante el fallecimiento de uno de los accionistas, las acciones a su nombre pasan a integrar la sucesión ilíquida y, en estas circunstancias, para que proceda la realización de la reunión universal de la asamblea, es necesario que aquella esté debidamente representada en la sesión.

    Fuente: Supersociedades, Concepto 220-000403, 01/03/2018
  • ¿Cuándo se pueden ofrecer las acciones a terceros luego de ejercer derecho de preferencia?. El accionista que pretenda enajenar sus…

    ALCANCES DEL DERECHO DE PREFERENCIA EN NEGOCIACIÓN DE ACCIONES.

    Me refiero al escrito radicado bajo el número 2017-01-581395, a través del cual describe la situación en la que se encuentra la sociedad que representa, frente a la intención de uno de los accionistas de vender sus acciones a un tercero, con desconocimiento del derecho de preferencia pactado en los estatutos, so pretexto de recibir un precio muy superior al valor nominal de las mismas, que los demás accionistas no se encuentran en disposición de pagar.

    Dadas esas circunstancias, solicita la orientación de este Despacho respecto del procedimiento legal a seguir, a la vez que consulta cuáles son las normas que regulan esta clase de…

    ¿Cuándo se pueden ofrecer las acciones a terceros luego de ejercer derecho de preferencia?. El accionista que pretenda enajenar sus acciones deberá ofrecerlas en primer lugar a la sociedad y a los demás accionistas a través del representante legal. Si no son adquiridas por la sociedad o los accionistas, el propietario queda en libertad de venderlas a un tercero, siempre que este las acepte en las condiciones inicialmente propuestas a los accionistas.

    Fuente: Supersociedades, Concepto 220-000118, 01/02/2018
  • Ampliación de facultades al representante legal de la SAS debe inscribirse en cámara de comercio. Las limitaciones que consten en los estatutos restringirán la…

    LA MODIFICACIÓN DE LAS FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA COMPAÑÍA IMPLICA UNA REFORMA ESTATUTARIA QUE DEBE CUMPLIR LAS FORMALIDADES PERTINENTES.

    Aviso recibo de su escrito radicado bajo número 2017-01-568997, a través del cual formula una consulta sobre el tema de la referencia, en que plantea los siguientes interrogantes:

    • La modificación de las facultades del gerente de una sociedad por acciones simplificada SAS implica una reforma estatutaria, o podría efectuarse ‘mediante acta de asamblea’ sin que deba ser registrada en la cámara de comercio.
    • Serían válidos los contratos celebrados excediendo los montos establecidos en los estatutos y sin haber llevado a cabo la aludida reforma, en el evento de implicar una modificación al contrato social y no haberla efectuado.
    • Existe alguna sanción para la sociedad por no haber hecho la reforma estatutaria y cuál sería esa sanción.

    En primer lugar es pertinente precisar que en virtud de lo dispuesto por el artículo 13 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por la Ley 1755 de 2015, el derecho de petición en la modalidad de consulta tiene por objeto conocer un concepto u opinión de la Superintendencia sobre las materias a su cargo. Por tal razón, no está dirigido a…

    Ampliación de facultades al representante legal de la SAS debe inscribirse en cámara de comercio. Las limitaciones que consten en los estatutos restringirán la capacidad de quien ejerce la representación legal de la compañía, mientras no sean ampliadas o eliminadas a través de una reforma estatutaria, inscribirla en la cámara de comercio del domicilio social.

    Fuente: Supersociedades, Concepto 220-293527, 12/21/2017