Autor: Miguel Muñoz
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Conciliatón Nacional 2025
Conciliatón Nacional 2025
OBJETIVO
Estrategia propuesta por el Ministerio de Justicia y del Derecho para promover el diálogo y la autogestión de los conflictos por parte de los ciudadanos, mediante el uso de los métodos de resolución de conflictos, como una alternativa eficiente y eficaz, que contribuye a la convivencia pacífica de las comunidades y a la reconstrucción del tejido social en un escenario de transición hacia la paz.
¿A quién va dirigida la jornada?- Cualquier persona que necesite resolver un conflicto en forma pacífica y que no cuente con los recursos para pagar un abogado o acudir a un Centro de Conciliación Privado o Notaria.
- Prioritariamente quienes viven en estratos 1, 2 y 3, que correspondan a población vulnerable, en situación de pobreza extrema o ubicada en áreas rurales.
¿Qué se busca con la jornada?Prestar los servicios de métodos de resolución de conflictos como la conciliación en derecho de manera gratuita a la población relacionada.
Fecha de realizaciónLas jornadas en marco de la Conciliaton se realizarán en los territorios seleccionados por el Ministerio de Justicia y del Derecho a través de los actores participantes, desde el 27 de octubre hasta 7 de noviembre de 2025.
¿Cuál es el plazo para presentar solicitudes de conciliación?Para poder beneficiarse de las jornadas, el Centro de Conciliación recibirá las solicitudes de conciliación desde el 20 al 24 de octubre de 2025, las cuales deben ser enviadas a correspondencia@cpcutumayo.org.co. Las solicitudes presentadas antes o posteriormente a las fechas relacionadas no sé tendrán en cuenta para de la jornada.
¿En qué municipios habilitará el servicio el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio del Putumayo?El Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio participará del evento a través de la sede Puerto Asís y Mocoa, es decir, que las partes en principio (convocante y convocado) deberán tener domicilio o residencia en los municipios mencionados.
¿Cómo participo en esta jornada?Para efectos del Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio, las pretensiones o cuantía no deberá exceder los NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($9.968.764).
Además, deberá presentar diligenciada la solicitud de conciliación con los siguientes datos:
- Nombre completo y cédula de las partes (convocante y convocado).
- Descripción de los hechos
- Pretensiones del convocante.
- Estimación razonada de la cuantía.
- Relación de las pruebas que se acompañan.
- Indicación del correo electrónico de las partes para remitir las comunicaciones o identificación del medio que considere más expedito y eficaz para ello.
- Firma del solicitante o solicitantes o de su apoderado, según el caso.
Para descargar el formato de solicitud
¿Qué beneficios tiene la conciliación?- Evita el Escalamiento del Conflicto:Pone fin a los conflictos existentes o evita uno eventual.
- Rápido:El trámite se desarrolla y se agota en una única audiencia.
- Validez Jurídica:El acuerdo conciliatorio tiene los mismos efectos de una sentencia judicial.
- Economía:Se ahorran los costos que implica un largo proceso judicial.
- Confidencialidad:La información de la audiencia es reservada.
- Personal:No necesita de abogado o apoderado.
- Cosa Juzgada:Lo acordado en audiencia, no puede ser discutido nuevamente en otra instancia.
- Exigible:El acta de Conciliación presta mérito ejecutivo, es decir que, al tratarse de una obligación clara, expresa y exigible usted podrá acudir ante un Juez para exigir su cumplimiento.
¿Qué asuntos se pueden conciliar?- Fijación de cuota alimentaria.
- Custodia de hijos y regulación de visitas.
- Disolución de la sociedad patrimonial de hecho.
- Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas.
- Restitución de inmueble arrendado.
- Incumplimiento de contratos.
- Entre otros.