Cámara de Comercio del Putumayo

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DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES INACTIVAS – DECRETO 1068 DE 2020

Estimados empresarios, la Cámara de Comercio del Putumayo informa que, se presumen como no operativas, las sociedades que no renueven la matrícula mercantil por un término de tres (3) años consecutivos, y podrán ser declaradas de oficio como disueltas por la Superintendencia de Sociedades, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1068 de 2020. Es de manifestar que esta entidad cameral se pronuncia al respecto de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la ley 1755 de 2015 y resaltando que la presente manifestación se realiza de manera general sobre materias a su cargo, más no con una sociedad o situación en particular, razón por la cual las publicaciones no son vinculantes, ni comprometen la responsabilidad de la entidad, como tampoco condicionan el ejercicio de sus competencias en un caso concreto. 

INICIO DE TRÁMITE DE RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO DE APELACIÓN CONTRA LA INSCRIPCIÓN 9848 DEL 08 DE FEBRERO DE 2021, INTERPUESTO POR EL SEÑOR RAMIRO HERNEY BACCA ERAZO.

El 8 de febrero de 2021, el señor RAMIRO HERNEY BACCA ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía 18.143.997, interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación contra la inscripción Nro. 9848 del 8 de febrero de 2021 del Libro IX de las Sociedades Comerciales e Instituciones Financieras, la cual se refiere al nombramiento de Representante Legal realizado en reunión extraordinaria de Junta de Socios. Por lo anterior, la inscripción recurrida se encuentra bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Inicio de trámite de recurso de reposición y en subsidio de apelación contra la inscripción 14033 del 27 de enero de 2021, interpuesto por el señor Pablo José Valencia Cadena.

El 2 de febrero de 2021, el señor PABLO JOSÉ VALENCIA CADENA, identificado con cédula de ciudadanía 97.480.953 de San Francisco, interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación contra la inscripción Nro. 14033 del 27 de enero de 2021 del Libro I del Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro, la cual se refiere al nombramiento de Representante Legal realizado en reunión extraordinaria de Junta Directiva. Por lo anterior, la inscripción recurrida se encuentra bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Inicio de trámite de recurso de reposición y en subsidio de apelación contra la inscripción 13995 del 11 de enero de 2021, interpuesto por el señor Francisco Renet Vivas Guevara.

El 15 de enero de 2021, el señor Francisco Renet Vivas Guevara, identificado con cedula de ciudadanía nro. 97.480.544, a través de apoderado interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación contra la inscripción Nro. 13995 del 11 de enero de 2021 del Libro I del Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro, la cual se refiere al nombramiento de Junta Directiva realizado en reunión extraordinaria por la Asamblea de Asociados. Por lo anterior, la inscripción recurrida se encuentra bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

Reactivación y renovación del Registro Nacional de Turismo (RNT)

Apreciado Prestador de Servicios Turístico recuerde que desde el 31 de diciembre de 2020 se expidió la ley 2068 a través de la cual se modificó la ley general de turismo y se dictaron otras disposiciones, la citada norma pretende la reactivación del sector turismo formulando como medida transitoria para aquellos Prestadores de Servicio Turístico (PST) que no hayan renovado la vigencia 2020 y que, en consecuencia, se encuentren suspendidos, logren reactivar su registro sin pagar la multa equivalente a 1 salario mínimo legal mensual vigente que promulga la ley 1558 de 2012, es decir que, los PST que se encuentren suspendidos por la falta de renovación de la vigencia 2020, podrán realizar a través del sitio web https://rnt.confecamaras.co/home el proceso de reactivación y, una vez aprobado este, solicitar la renovación, quedando al día para el año 2021. Es importante recordar que, la reactivación y la renovación deberán efectuarse hasta el 30 de marzo de 2021 y que los trámites que se realicen a través de la plataforma RNT son totalmente gratuitos. Conoce más aquí: https://www.mincit.gov.co/prensa/noticias/documentos-noticias/ley-2068-del-31-de-diciembre-de-2020.aspx

Impuesto de Industria y Comercio 2021 – Puerto Asís

Comerciantes y empresarios, el ejercicio del comercio conlleva responsabilidades, entre ellas, se puede destacar el Impuesto de Industria y Comercio, el artículo 32 de la ley 14 de 1983 indica que “El Impuesto de Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos.”.  La administración municipal de Puerto Asís en procura de presentar alivios sobre estas obligaciones ha definido el calendario de descuentos para vigencia 2021. Para mayor información, comunicarse al número celular 3185573079 o email rentasmunicipales@puertoasis-putumayo.gov.co de la Secretaría de Hacienda Municipal de Puerto Asís.