Cámara de Comercio del Putumayo

Censo Electoral 31 de Octubre de 2018

En conformidad con lo previsto en los artículos 28 de la Ley 1727 de 2014 y 25 del Decreto 2042 de  2014 (compilado en el Decreto 1074 de 2015) las Cámaras de Comercio esta en la obligación de efectuar la revisión de la base de datos de afiliados, con el fin de verificar que cumplen con los requisitos exigidos, de acuerdo con lo que se disponga el reglamento de afiliados. Teniendo en cuenta lo anterior la Cámara de Comercio del Putumayo da a conocer el listado de afiliados con derecho a elegir y ser elegidos a corte del 31 de octubre de 2018. Censo electoral 31 de Octubre de 2018: Descargar aquí  

En las sucursales no existe como tal un máximo órgano social autónomo y distinto de la matriz, así como tampoco existen socios ni accionistas, por lo que no tienen la obligación de…

ADMINISTRACIÓN DE SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA Aviso recibo de la comunicación radicada bajo el No. 2018-01-088416 del 12 de marzo de 2018, mediante la cual formula una consulta sobre el tema de la referencia, la que se concreta en los siguientes términos: ¿De conformidad con lo establecido en el artículo 181 del Código de Comercio, una sucursal colombiana de sociedad extranjera debe cumplir con la obligación de reunirse en junta de socios o asamblea general ordinaria por lo menos una vez al año? O por el contrario, esta disposición únicamente aplica para las sociedades colombianas? Sucursales no deben celebrar reuniones de junta de socios o asamblea general. En las sucursales no existe como tal un máximo órgano social autónomo y distinto de la matriz, así como tampoco existen socios ni accionistas, por lo que no tienen la obligación de efectuar reuniones de ninguna índole. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-56743, 04/14/2018

Reunión de asamblea o junta de socios se puede celebrar el sábado, si la administración lo…

CELEBRACIÓN ASAMBLEA DE SOCIOS EN DÍAS SÁBADOS O FESTIVOS. Me refiero a su comunicación radicada a través de la WEBMASTER de esta Superintendencia bajo el número 2018 -01- 082136, mediante la cual solicita concepto sobre la posibilidad de que las reuniones ordinarias de asamblea o junta de socios se efectúe un día domingo o sábado. Al respecto es pertinente señalar que esta Superintendencia se ha pronunciado en extenso sobre los diversos aspectos relacionados con la celebración de las reuniones del máximo órgano social, por lo cual basta remitirse a los argumentos que permiten resolver su inquietud. Reunión de asamblea o junta de socios se puede celebrar el sábado, si la administración lo labora. Si en las oficinas donde funciona la administración de la sociedad se opera los días sábados estos se tendrán en cuenta como hábiles para tal fin. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-55985, 04/20/2018

Los Estatutos de la SAS pueden permitir al vendedor o cedente recobrar los títulos bajo las condiciones y dentro del plazo acordado, a cambio del…

VENTA DE ACCIONES CON PACTO DE RETROVENTA. Aviso recibo de la comunicación radicada bajo el No. 2018-01-074816, mediante la cual formula una consulta sobre el tema de la referencia, la que plantea los interrogantes relacionados a continuación. ¿Las acciones de una sociedad por acciones simplificada pueden ser vendidasa un tercero con un pacto de retroventa? En caso de ser posible la venta de las acciones de una sociedad por acciones simplificada con un pacto de retroventa ¿en ese contrato se puede pactar que al momento de la devolución de las acciones estas se devolverán al mismo valor que el comprador las adquirió? En caso de ser así ¿el comprador debe devolver las acciones sin recibir ningún tipo de rendimiento, valorización o incremento? ¿pueden los socios de una empresa vender acciones de una sociedad por acciones simplificada por debajo del valor patrimonial de las mismas? Cuando el valor patrimonial de las acciones de una sociedad por acciones se aumenta durante el tiempo que las acciones permanecieron en poder del comprador, la devolución de las acciones deberá incluir los rendimientos correspondientes? ¿Al vender las acciones de una sociedad por acciones simplificada con un pacto de retroventa, se puede pactar que al comprador no le es posible reclamar utilidades? Acciones de la SAS pueden venderse con pacto de retroventa. Los Estatutos de la SAS pueden permitir al vendedor o cedente recobrar los títulos bajo las condiciones y dentro del plazo acordado, a cambio del mismo precio de venta o a un precio distinto previamente acordado. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-52905, 04/16/2018

La calidad de socio no excluye la posibilidad de tener excepcionalmente una relación laboral con…

EL ACCIONISTA DE UNA SAS, PUEDE TENER EN FORMA SIMULTÁNEA UNA VINCULACIÓN LABORAL CON LA MISMA EMPRESA Me refiero a su comunicación radicada con el número 2018-01.057368, mediante la cual manifiesta la intención de comprar unas acciones de una S.A.S., en la que todos los accionistas son empleados y por tanto, devengan un salario mensual, hipótesis frete a la cual pregunta si al comprar acciones de esa sociedad , tendría los mismos derechos de esos accionistas. Al respecto, se advierte que este Despacho con fundamento en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo emite los conceptos de carácter general a que haya lugar con motivo de las consultas que le son formuladas sobre las materias de su competencia, sin que sus respuestas estén dirigidas a resolver situaciones particulares y concretas, lo que explica que las mismas no tengan carácter vinculante ni comprometan su responsabilidad. ¿Accionista de una SAS puede ser empleado de la misma?. La calidad de socio no excluye la posibilidad de tener excepcionalmente una relación laboral con la misma compañía, con sujeción a las reglas que prevé el Código Sustantivo del Trabajo. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-50190, 04/05/2018

Para efectos de registro mercantil, identidad de extranjeros se verifica con pasaporte o…

“Se puede realizar la matrícula de persona natural con pasaporte o este deberá tener cédula de extranjería?» Reviste de gran importancia precisar en primer lugar que la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO a través de su Oficina Asesora Jurídica no le asiste la facultad de dirimir situaciones de carácter particular, debido a que, una lectura en tal sentido, implicaría la flagrante vulneración del debido proceso como garantía constitucional… Para efectos de registro mercantil, identidad de extranjeros se verifica con pasaporte o cédula de extranjería. Frente a la inscripción del nombramiento o designación de personas extranjeras las cámaras de comercio deben proceder a verificar la identificación, tarea que podrán cumplir a través de la cédula de extranjería o pasaporte. Fuente: Superindustria y Comercio, Concepto 18071392, 03/23/2018

Estatutos de la sociedad anónima no pueden prever la exclusión de accionistas por aparecer en…

EXCLUSION y/o SUSPENSION DE LOS DERECHO DE SOCIO REGISTRADO EN LISTAS CAUTELARES Estatutos de la sociedad anónima no pueden prever la exclusión de accionistas por aparecer en listas cautelares. El ordenamiento jurídico no contempla disposición alguna que permita bajo ninguna condición la posibilidad de contemplar en los estatutos de la sociedad anónima la exclusión de accionistas o la suspensión de sus derechos por decisión de los órganos sociales, bien sea asamblea general o junta directiva. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-42318, 03/22/2018

Beneficiarios: Ley 1780 de 2016 – Emprendimiento Juvenil

Señor usuario: Tenga en cuenta que si su matrícula mercantil tiene fecha posterior al 2 de mayo de 2016, puede ser beneficiario de la Ley 1780, la cual busca promover el empleo y el emprendimiento juvenil en el país, la Cámara de Comercio del Putumayo se encuentra adelantando el proceso de devolución, por tanto lo invitamos para acercarse a cualquiera de nuestras oficinas y verificar si usted posee saldo a favor susceptible de ser solicitado como reembolso. Se informa que las siguientes personas son potenciales beneficiarias de la Ley 1780 de 2016, por lo cual, posiblemente tienen saldos a su favor en la Cámara de Comercio del Putumayo: Lista de Beneficiarios: Ver aquí

Distribución de utilidades en la SAS está sujeta al resultado del ejercicio…

PAGO ANTICIPADO DE DIVIDENDOS EN LA SAS. Me remito a su comunicación dirigida a la Superintendencia Financiera, la cual fue remitida por competencia a esta Superintendencia con Radicado No. 2018 – 01 – 046286, mediante la cual formula una consulta sobre el pago anticipado de dividendos en la Sociedad por Acciones Simplificada, la que plantea los siguientes aspectos: ¿Es legal que se anticipe un 10%, 15% o 20% sobre un valor proyectado de generación de dividendo, a cada accionista?. ¿Puede catalogarse el hecho relacionado anteriormente como una pirámide comercial y resultar involucrado en irregularidades financieras?. Al respecto, es preciso advertir que al tenor de lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 11 del Decreto 1023 del 2012, esta oficina absuelve las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares sobre las materias de su competencia, y en esa medida emite un concepto u opinión de carácter general y abstracto en los términos del artículo 28 de la Ley 1755 de 2015. Distribución de utilidades en la SAS está sujeta al resultado del ejercicio. Mientras no se hayan determinado las utilidades sobre un balance cierto y aprobado por el máximo órgano social, no se puede distribuir ningún valor bajo el concepto de utilidades, ya que antes de que finalice el ejercicio no existe certeza de si habrá utilidades y cuál será su monto, por lo que, si no son justificadas, mal podrían distribuirse de manera anticipada. Fuente: Supersociedades, Concepto 220-41880, 03/21/2018