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Reactivación y renovación del Registro Nacional de Turismo (RNT)

Apreciado Prestador de Servicios Turístico recuerde que desde el 31 de diciembre de 2020 se expidió la ley 2068 a través de la cual se modificó la ley general de turismo y se dictaron otras disposiciones, la citada norma pretende la reactivación del sector turismo formulando como medida transitoria para aquellos Prestadores de Servicio Turístico (PST) que no hayan renovado la vigencia 2020 y que, en consecuencia, se encuentren suspendidos, logren reactivar su registro sin pagar la multa equivalente a 1 salario mínimo legal mensual vigente que promulga la ley 1558 de 2012, es decir que, los PST que se encuentren suspendidos por la falta de renovación de la vigencia 2020, podrán realizar a través del sitio web https://rnt.confecamaras.co/home el proceso de reactivación y, una vez aprobado este, solicitar la renovación, quedando al día para el año 2021.

Es importante recordar que, la reactivación y la renovación deberán efectuarse hasta el 30 de marzo de 2021 y que los trámites que se realicen a través de la plataforma RNT son totalmente gratuitos.

Conoce más aquí: https://www.mincit.gov.co/prensa/noticias/documentos-noticias/ley-2068-del-31-de-diciembre-de-2020.aspx