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Establecimiento de Comercio - EC

De conformidad con el artículo 515 del Código de Comercio se entiende por establecimiento de comercio  un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma persona podrá tener varios establecimientos de comercio y, a su vez, un solo establecimiento de comercio podrá pertenecer a varias personas, y destinarse al desarrollo de diversas actividades comerciales”.

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